CAMBADOS.- El juzgado ordena cerrar el Kebab de Os Píos y condena la “inactividad” del Concello en el caso

CAMBADOS.- El juzgado ordena cerrar el Kebab de Os Píos y condena la “inactividad” del Concello en el caso

El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra ha fallado en contra del Concello de Cambados y ordenado el cierre y cese de la actividad del local hostelero-kebab de la calle Os Píos, por incumplimientos en ruidos, humos y malos olores que algunos residentes del mismo edificio vienen años denunciando. Decreta, además, que se incoe el correspondiente expediente de reposición de la legalidad urbanística para que el local adecue sus condiciones técnicas a la licencia.
El fallo, conocido este mismo mes de marzo, impone las costas al Concello hasta un máximo de 700 euros, al considerar que “ha existido inactividad del Ayuntamiento de Cambados y vulneración de derecho fundamental”, el de la integridad física y moral y el de la inviolabilidad del domicilio, recogidos ambos en la Constitución. 
La sentencia es aún recurrible en apelación, pero es clara al estimar todas y cada una de las pretensiones de los vecinos demandantes, a las que también se había sumado el Ministerio Fiscal, en contra del criterio del Ayuntamiento, que solicitada la desestimación del contencioso.

"claramente"
Los vecinos habían aportado informes de peritos, de la Policía Local y hasta del arquitecto municipal, que ya en febrero de 2016 señalaba expresamente que “el estado actual del local difiere de las condiciones del local con las que se concedió la licencia municipal de apertura”. El mismo informe instaba “a la persona titular de la Alcaldía” a ordenar el “cese inmediato de la actividad en el bar”, incoar expediente de reposición y, en su caso, los sancionadores necesarios. 
Ahora, es el juzgado el que obliga a dar estos pasos, al subrayar que ha existido “inactividad del Concello” y que “ha quedado acreditado en este procedimiento que los incumplimientos del local referido, tanto en lo relativo a la campana extractora, como a los ruidos que genera dicho local, interfieren, menoscaban, dañan y obstaculizan el normal desarrollo de la vida dentro de sus domicilios a los vecinos”. Un daño, añade la sentencia, causado por “los olores que deben soportar”, “los ruidos que impiden el desarrollo de cualquier actividad” y que impide su “descanso” y provoca hasta la aparición de “problemas médicos, acreditados también en el presente procedimiento”.

humos por los enchufes
Algunos de los residentes afectados llegaron a colocar plásticos pegados a tomas de enchufes y portalámparas de cuartos de baño por donde se cuelan humos con olor a comida. 
También instalaron un termómetro adosado a una pared para denunciar cómo la salida forzada de los gases haría subir la temperatura de los tabiques de sus viviendas, afirman. 
Aunque esta es la primera sentencia que se emite, hay al menos otros dos frentes judiciales abiertos y se ha recurrido también al Valedor do Pobo y al propio Ayuntamiento, del que ahora esperan acate el fallo. n

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