Recurren el fallo que libera al Concello de Sanxenxo de derribar el edificio Progreso

Recurren el fallo que libera al Concello de Sanxenxo de derribar el edificio Progreso
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El edificio Progreso vuelve a los juzgados. El denunciante ha recurrido el auto emitido el pasado mes de agosto por el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra que admitió la inejecutabilidad de la sentencia que ordenaba el derribo del edificio Progreso. La medida fur solicitada por el Concello de Sanxenxo en julio de 2014, tras haber sido aprobada la Modificación Puntual número 2 que corrige, entre otras cosas, la inseguridad jurídica derivada de la aplicación de dos ordenanzas en una misma parcela. La magistrada concluía en su Auto que “de lo contrario se estaría exigiendo la demolición de un edificio que en la actualidad sería legal, ajustado al planeamiento vigente y gozaría de licencia”.
Argumentaba la administración local que la aprobación de la Modificación Puntual número 2 del PXOM había permitido a la promotora de las obras la concesión de la oportuna licencia de legalización de las mismas (Bloque B), después de haber suprimido una piscina, quedando por tanto la edificación en unas condiciones que sí cumplirían con la ordenación urbanística que les resulta de aplicación. Sin embargo, el denunciante insiste en la ilegalidad de este edificio y promete seguir dando la batalla en los juzgados. 
El auto, ahora recurrido, reconoce que la Modificación Puntual número 2 se aprobó para dar respuesta a más cuestiones que la suscitada por la ejecución de la sentencia y el bloque B a demoler, y además “terminó aprobándose por una administración diferente a la que la había propuesto, es decir, por la administración autonómica”.
La magistrada concluye en su Auto que “sí se puede calificar de poco sincera” la intención del Concello de llevar a la práctica el derribo del edificio, sobre todo si se tiene en cuenta que la licencia de primera ocupación de la construcción se concedió por el ente local demandado en junio de 2009, es decir, con posterioridad a la sentencia dictada por este juzgado y cuando ya se conocía la declaración judicial de ilegalidad (anulación) de la licencia. 
Y es que el Concello alargó los plazos judiciales con la petición de una prórroga para ejecutar el derribo y luego con la posibilidad de una indemnización antes de pedir la inejecución. 

Recurren el fallo que libera al Concello de Sanxenxo de derribar el edificio Progreso

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