VILANOVA-La patrona mayor logra que un siniestro de tráfico se reconozca como un accidente laboral

VILANOVA-La patrona mayor logra que un siniestro de tráfico se reconozca  como un accidente laboral
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El Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra ha emitido un fallo que abre la puerta a las mariscadoras de a pie en el reconocimiento de un siniestro al volante como accidente laboral.
Lo ha conseguido la patrona mayor de Vilanova, María José Vales, tras un accidente sufrido el 10 de noviembre de 2014 cuando trasladaba marisco desde la playa a la lonja en un vehículo. A consecuencia del choque, sufrió un esguince y una torcedura de cuello que derivó en el reconocimiento de una incapacidad laboral temporal. Pero lo que se le denegó entonces fue el subsidio por accidente derivado de la actividad laboral, ya que se consideró que la mariscadora no se encontraba en su lugar de trabajo, la playa.
El reconocimiento de los llamados accidentes in itinere, esos que se producen en los desplazamientos de un empleado, por ejemplo, a su lugar de trabajo, es claro para los que trabajan por cuenta ajena, validándose como accidente laboral y dando derecho a la percepción correspondiente.
Pero tal paso se complica para autónomos como las personas que se dedican al marisqueo, pues recae sobre ellas la obligación de probar que, efectivamente, el viaje estaba justificado en su trabajo.
El abogado que defendió a la vilanovesa, Alberto Muñoz, resumía la situación: “El ISM no reconocía a las mariscadoras de a pie las bajas o invalideces por accidente laboral cuando el evento dañoso no se producía en la misma playa, con las botas y el neopreno puesto y el sacho en la mano”, lamentaba.
Ahora, el caso denunciado por la patrona mayor ha conseguido dar la vuelta a la situación. Así lo contempla el juzgado en su sentencia: “Es evidente que el traslado del marisco a la lonja es complementario de su extracción y necesario para el fin último de la actividad, que es la venta para el consumo”.
Reconocido este derecho, falla contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, su Tesorería Nacional, el Instituto Social de la Marina y el SERGAS, declarando la incapacidad laboral de la patrona mayor “como derivada de accidente de trabajo”, obligando a las administraciones citadas al “abono de la prestación”, aunque todavía con la vía del recuso abierta.

VILANOVA-La patrona mayor logra que un siniestro de tráfico se reconozca como un accidente laboral

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