La Justicia reconoce el despido nulo de la secretaria del Pósito y obliga a readmitirla

La Justicia reconoce el despido nulo de la secretaria del Pósito y obliga a readmitirla
José Luis Villanueva, patrón mayor de Carril | g.s.

El Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra obliga al patrón mayor de la Cofradía de Carril, José Luis Villanueva, a readmitir en su puesto de secretaria a María Fernanda Eiras, después de reconocerle a esta que su despido es “nulo”. La sentencia tiene en cuenta la mayor parte de las cuestiones esgrimidas por la demandante y el patrón mayor tiene un plazo de cinco días para readmitirla en un puesto de trabajo que venía desempeñando desde hacía años. A mayores la jueza impone también una sanción de 6.000 euros que, “solidariamente”, entiende que debe extenderse a la figura del propio José Luis Villanueva “a quien la parte demandante responsabiliza de la situación”.


Desde la Cofradía de Carril deben, además, proceder a la retribución del salario que le corresponde a María Fernanda Eiras durante el tiempo que ha estado despedida, un total de 62,68 euros al día.


En la carta de despido que recibió María Fernanda Eiras desde el Pósito alegaban “causas objetivas por motivos de organización”. Unas causas que la Justicia no considera probadas. Es más, según la sentencia el propio José Luis Villanueva defendió en la vista que Fernanda Eiras “se despidió a sí misma” al haber renunciado al cargo de secretaria y pedir quedarse con el de auxiliar administrativo que ya había desempeñado con anterioridad. Entiende la Justicia además que, existiendo trabajo, la “extinción contractual debe ser la opción última” ofreciendo como alternativa la “reducción de su jornada, cosa que la empresa no ha hecho”.

La bióloga
La sentencia que declara nulo el despido de Fernanda Eiras no es la única emitida estos días por el Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra. De hecho hay otra que afecta directamente a la bióloga de la Cofradía, Lourdes Conde Varela, que demandó al Pósito y al patrón mayor por una presunta vulneración de sus derechos fundamentales. La bióloga denunció que desde la dirección del Pósito carrilexo se la trasladó de su lugar habitual de trabajo al “faiado” con material limitado y sin conexión a internet. Esgrimía en su denuncia Lourdes Conde que la decisión la adoptó el patrón mayor de la Cofradía después de que tanto ella como la secretaria Fernanda Eiras y otra compañera presentaran un escrito quejándose de un horario de verano “abusivo” y ajeno al convenio a las que ellas se acogían.


La sentencia declara la existencia de vulneración de derechos fundamentales y también la “nulidad radical de la actuación de los demandados”. De hecho exige que se reponga de forma inmediata la situación de esta trabajadora. Del mismo modo también impone una indemnización “por los daños y perjuicios sufridos” de un total de 3.000 euros.
En la sentencia también se tienen en cuenta informes de la Consellería do mar que avalan que el trabajo que estaba haciendo antes de los hechos denunciados la bióloga era “satisfactorio y eficiente”.


Ambas decisiones judiciales llegan después de semanas tumultuosas en el seno de la Cofradía carrilexa. Cabe recordar que las dos demandantes hacen referencia al hecho de que en el marco de la Xunta Xeral del Pósito se decidiese “tomar medias” contra tres empleadas al esgrimirse como motivos que “había quejas de los socios por su trabajo”. Unas quejas que, tal y como recoge el documento judicial, no fueron probadas ni con testigos ni con documentación. Las dos sentencias pueden ser recurridas. l

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