El Tribunal Superior acoge hoy la vista de apelación por el fratricidio de Guillán

El Tribunal Superior acoge hoy la vista  de apelación por el fratricidio de Guillán
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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia acoge hoy la vista de apelación por uno de los casos que más conmocionó a la sociedad vilagarciana: El crimen de Guillán, que implicó a dos hermanos, Santiago y Alfonso (víctima mortal) Gómez Lorenzo. Una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra basada en el veredicto de un jurado popular condenó al primero a once años y medio de prisión por homicidio por imprudencia.
Tanto la defensa como la acusación particular (que defiende a la viuda y a las hijas de la víctima) recurrieron el fallo, que sin embargo acata el fiscal al considerar que no es “irrazonable, arbitrario o ilógico” pese a que el representante del ministerio público también reconoce que no comparte el contenido. De hecho, su posición a lo largo de todo el juicio fue la de pedir diez años de cárcel para Santiago Gómez.
El abogado del condenado, sin embargo, considera que su defendido no debería haber pasado ni un solo día en la cárcel. De hecho, nada más leerse el veredicto de jurado el presidente del tribunal lo puso en libertad y revocó la orden de prisión preventiva de la jueza.
En este sentido, cabe destacar que Santiago Gómez pasó más tiempo en la cárcel del que le impone una condena que, en todo caso, podría no ser incluso de obligado cumplimiento.
En el otro lado de la barrera se encuentra el abogado de la acusación particular que considera el veredicto “arbitrario” y “sin fundamentar” y señala seis defectos de forma y dos de fondo.
El letrado centrará su argumentación en la navaja de Alfonso Gómez Lorenzo. Un arma que sirvió para que el jurado incluyera en su veredicto el atenuante de defensa propia y cuya existencia no queda probada para la acusación.
En primer lugar porque la navaja no apareció hasta 14 horas después de que tuvieran lugar los hechos y en un muro situado a escasos metros del lugar de discordia y que ya había sido registrado en tres ocasiones.
En segundo término porque este arma no es la que identificó Santiago Lorenzo como la navaja que su hermano llevaba a todas partes y con la que solía amenazarlo, según su testimonio.
Y por último, aunque fundamental, porque en la navaja que apareció en el muro no aparece ningún resto de sangre de la víctima.
En este sentido cabe recordar que Alfonso Gómez Lorenzo falleció desangrado tras recibir un perdigonazo en la pierna que le atravesó la arteria femoral. El disparo procedía de la escopeta de su hermano, cuya incautación ordenó el juez de la Audiencia.
Tanto la acusación como el fiscal consideraron durante el primer juicio que el hecho de que no aparecieran restos sanguíneos prueba que ni la víctima ni su mujer (la primera en atenderlo) tuvieron contacto con esa navaja. No así el jurado popular, que precisamente defiende en su veredicto que Santiago Gómez actuó movido por un “miedo insuperable” a su hermano.

El Tribunal Superior acoge hoy la vista de apelación por el fratricidio de Guillán

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