Los condenados por el crimen de Yulisa alegan que se vulneró su presunción de inocencia

Los condenados por el crimen de Yulisa alegan que se vulneró su presunción de inocencia
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La sala de lo Civil y Penal de Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acogerá a las once de esta mañana la vista de apelación de la sentencia dictada el pasado 18 de octubre por la sección compostelana de la Audiencia Provincial, que condenó a Ventura Lustres y Melisa Abelleira a 19 y 18 años de cárcel, respectivamente, tras ser declarados culpables del asesinato en junio de 2015 de la dominicana Yulisa Altagracia. En el recurso interpuesto por las defensas de ambos se alega básicamente la “vulneración del derecho de presunción de inocencia” de los dos sospechosos. 


El abogado de Ventura Lustres, Manuel Lampón, que cuenta con el apoyo técnico de su compañero de despacho, Jonathan Rivas, indica que de una lectura sosegada de las actuaciones y la práctica de prueba en el juicio oral “se puede comprobar que no hay prueba bastante para determinar la participación ni directa ni indirecta de mi defendido en la muerte de la víctima”. Este letrado sostiene que las únicas conclusiones que se pueden extraer del informe técnico de la Guardia Civil sobre posicionamientos telefónicos pasan porque los datos obtenidos “sólo permiten posicionar números de teléfono pero no a las personas que los portan, en consecuencia, no es posible con ese sistema localizar la ubicación de una determinada persona”. Añade que la premisa de uso de terminales que se baraja es “totalmente infundada, debido a su asignación en base a una recarga telefónica en una gasolinera, donde los agentes ni tan siquiera comprobaron si el  Ventura Lustres portaba o no el teléfono”. Su conclusión es que la prueba técnica de los repetidores tiene “demasiadas lagunas”.


Dicha defensa redunda en el hecho de que los agentes que realizaron la inspección ocular de la finca de A Fandiña donde apareció el cadáver de la mujer, afirmaron que un coche pudo llegar a ese lugar, así como que lo pudo cargar perfectamente una sola persona, incluso una mujer. Insiste en lo referido por el forense sobre que las heridas que presentaba el cuerpo eran de poca profundidad y compatibles con ser realizadas por una mujer en una lucha de iguales, y que se descartaba el ataque combinado por dos personas. 


El abogado de Lustres Miranda también incluye en su escrito de recurso duras críticas a la estrategia de la Melisa Abelleira  “de inculparle a él, pues lo manifestado por ella respecto de lo que pasó aquella mañana es totalmente incierto. De la prueba practicada no existe indicio alguno de lo que dice más que su propio testimonio, en esencia Melisa ha tratado de descargarse de toda responsabilidad, y no ha dudado en mentir para conseguir su absolución”. Y añadió que debió ser la propia Melisa la que explique lo que realmente hizo la mañana del 7 de junio de 2015, “y no las falsedades que vertió contra Ventura en el acto del juicio para incriminarlo”.

La defensa de Melisa, que ejerce el letrado compostelano Luciano Prado, redunda en igual principio de presunción de inocencia, y entiende que se ha vulnerado respecto de su clienta, argumentando que todo el contenido de la sentencia referido a ella son “meras especulaciones sin ningún tipo de rigor”. E insiste en la postura mantenida en el juicio oral sobre una “situación de sometimiento” respecto a Ventura, y que Melisa recibía órdenes de este último cuando acudió al bar Maruxía por Yulisa, que luego él la encerró en casa y que ya no sabe lo que hizo luego, para argumentar que ella ni participó en la muerte de la dominicana, ni supo nada del asunto.

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