Desestimado el recurso contra el fallo que anula la inclusión como suelo dotacional las casas de los ilustres rianxeiros en las normas subsidiarias

La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación interpuesto por la Xunta de Galicia y confirma el fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que anula la orden del 14 de noviembre de 2008 por la que se aprobó de forma definitiva la modificación singular de las normas subsidiarias del planeamiento de Rianxo en lo relativo a la inclusión como suelo dotacional público de las casas de los ilustres rianxeiros. Dicha sentencia considera que la citada modificación no está justificada debidamente al basarse exclusivamente en la consideración como bienes de interés cultural (BIC) de las tres viviendas afectadas, en las que se afirma vivieron varios ilustres hijos de la villa, tales como Castelao, Rafael Dieste y Manuel Antonio, que están localizadas en la Rúa de Abaixo, sin atención a ninguna apreciación de orden urbanístico sobre la conveniencia o necesidad de localizar en tales inmuebles, y no en otros posibles, las dotaciones públicas que se prevén en dicha modificación de las normas subsidiarias, acometida precisamente con esa finalidad.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG dictara el 16 de abril de 2015 una sentencia estimatoria del recurso que presentó Francisco Javier Baltar Tojo, que impugnó la mencionada orden de la Consellería de Política Territorial, que aprobó la citada modificación. La representante legal de la Administración autonómica había aducido una “valoración arbitraria e ilógica de la prueba”, pues entendía que se había omitido en su día que la adscripción inherente a la nueva calificación habría afectado solamente a las parcelas en que se enclavan esas edificaciones y no a estas como tales. El TS entiende que no cabe el menor asomo de duda sobre que lo que da lugar a la modificación urbanística y a la subsiguiente afectación a uso dotacional no son los terrenos, sino las edificaciones.

Desestimado el recurso contra el fallo que anula la inclusión como suelo dotacional las casas de los ilustres rianxeiros en las normas subsidiarias

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