Un auto del TSXG pone fin al largo proceso judicial por el derribo del bloque de Progreso

Un auto del TSXG pone fin al largo proceso judicial por el derribo del bloque de Progreso
Fachada del edificio de la calle Progreso que estuvo en litigio d. a.


La Sección Segunda del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) no ha admitido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra que admitía la inejecutabilidad de la sentencia que ordenaba el derribo del llamado edificio B en la calle Progreso, y que solicitó el Concello de Sanxenxo en 2014, tras aprobarse la modificación puntual número 2. Según fuentes municipales, esta resolución corrige, entre otras cosas, la inseguridad jurídica derivada de la aplicación de dos ordenanzas en una misma parcela.
Contra esa sentencia, dictado por el TSXG el pasado 22 de abril de 2016, la parte demandante presentó un recurso de reposición, que ha llevado al mismo tribunal a dictar un nuevo auto desestimándolo y confirmando la inadmisión del recurso de apelación.
Desde el Concello explicaron que este último pronunciamiento judicial ya no es susceptible de recurso alguno y por tanto pone fin a un largo proceso judicial que parte de una licencia concedida en el año 2006 a la empresa Construcciones Balboa y Chan SL en la que se permitía la construcción de dos bloques de viviendas.

antecedentes
Cabe recordar que a la parcela que daba su frente a la calle Progreso se le aplicaba la ordenanza número 2, de edificación en bloque cerrada, y podía merecer la concesión de licencia directa dado que cumplía las exigencias singulares ahí previstas, además de tener la consideración de solar por el contar con acceso directo por vía pública. Esto no ocurría con la parcela situada a su espalda, que por no disponer de salida a vial alguno, según el juez no podía merecer la condición de solar, ni cumplir la exigencia de la ordenanza número 4, grado B, de tener un frente mínimo de 12 metros al vial. Así se recoge en una primera sentencia que ordenaba al Concello la demolición del inmueble.
Tras varias prórrogas en el cumplimiento de esta orden el Concello solicitó una primera declaración de inejecución de la sentencia apoyándose en que la Modificación Puntual número 2 del Plan Xeral legalizaba el Bloque B.

Un auto del TSXG pone fin al largo proceso judicial por el derribo del bloque de Progreso

Te puede interesar