El Tribunal Superior concluye el sumario y sobresee de forma provisional la causa contra Prado

El Tribunal Superior concluye el sumario y sobresee de forma provisional la causa contra Prado
A voceira do PPdeG, Paula Prado del Río, ofreceu unha rolda de prensa na sede do PPdeG

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirmó ayer el auto de conclusión del sumario dictado por el magistrado instructor en la causa abierta a la diputada del PP Paula Prado y acordó el sobreseimiento provisional, decisión contra la que no cabe recurso.

El alto tribunal se había considerado competente para investigar a la parlamentaria del PPdeG y llamarla a declarar por autorizar, siendo concejala en el Ayuntamiento de Santiago, el pago de una factura municipal con un supuesto sobrecoste de 3.000 euros, por su presunta influencia en contrataciones y por su hipotética intervención en la resolución de dos expedientes de un local de ocio, dentro de la operación “Pokémon”.

Tanto el Ministerio fiscal como la representación procesal de Paula Prado solicitaron la confirmación del auto de conclusión del sumario y el sobreseimiento libre de las actuaciones y su archivo, informó ayer el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en una nota.

En los razonamientos jurídicos del auto, la Sala concluye que de lo actuado se desprende “que se han practicado todas las diligencias pertinentes y útiles para el esclarecimiento de los hechos y que, en consecuencia, procede confirmar el auto de conclusión del sumario dictado por el magistrado instructor el 24 de marzo”.

En relación a la petición de sobreseimiento, los magistrados entienden que “en este momento procesal únicamente cabe sostener, con ponderación y prudencia, el sobreseimiento provisional y no el sobreseimiento libre solicitado por el Ministerio Fiscal y también por la defensa”.

“Bastará para ello” –se indica en la resolución– atenerse a lo reflejado por el instructor en el pre-citado auto de conclusión del sumario, poniendo de relieve que la instrucción se ha agotado sin que resulte debidamente justificada la comisión de delito alguno por Paula Prado, así como la conclusión a la que al respecto llega el propio Ministerio Fiscal en su escrito de 19 de marzo –e incluso en el del siguiente día 31– y en el que interesa la conclusión del sumario sin procesamiento al no resultar debidamente justificada la comisión de delitos.

En opinión de la Sala, estos argumentos conducen, “en rigor”, a decretar el susodicho sobreseimiento provisional, procedente precisamente cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa.

El Tribunal Superior concluye el sumario y sobresee de forma provisional la causa contra Prado

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