El TSXG confirma la condena de 18 años de cárcel para los padres de Asunta

El TSXG confirma la condena de 18 años de cárcel para los padres de Asunta
QUINTANA. TSXG. APELACiÓN EN EL CASO ASUNTA DEL MATRIMONIO BASTERRA

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) emitió ayer una sentencia en la que desestima los recursos presentados por Alfonso Basterra y Rosario Porto y confirma la condena a 18 años de prisión para cada uno que determinó la Audiencia Provincial de A Coruña por el asesinato de su hija Asunta.

La sentencia, cuya vista de apelación se celebró el pasado 23 de febrero, avala los hechos recogidos como probados en el auto original del juez Jorge Cid Carballo, excepto en el punto que se refiere a la participación directa de Alfonso Basterra en la muerte de la niña.

De hecho, introduce una modificación en los hechos probados según la cual fue Rosario Porto la única culpable de asfixiar a su hija Asunta, aunque determina que esto lo hizo “en ejecución del plan preconcebido” con Alfonso Basterra para acabar con la vida de la menor.

Aún así, y tras desestimar las irregularidades alegadas por las defensas de los padres, indica que la pena que cabe imponer a Basterra por este caso es la misma que a Porto, 18 años de prisión por asesinato con agravante de parentesco y abuso de superioridad.

El TSXG admite en el escrito que “se carece de una prueba directa acerca del acto punible”, algo que ocurre “en la mayoría de los casos”, pero concede plena validez a las pruebas indiciarias existentes.

El análisis, apunta, lleva a “corroborar los hechos declarados como probados por los jueces jurados” a excepción de la participación directa de Basterra. “Entendemos que el concreto y material acto de la asfixia lo perpetró Porto Ortega, si bien inferimos también que Basterra Camporro es asimismo autor del delito”, recoge. 

Fallo coherente

El auto califica la sentencia de la Audiencia de “coherente” y considera que las pruebas practicadas en sala “suministran los hechos básicos probados de contenido incriminatorio de los que fluyen con naturalidad las conclusiones obtenidas por los jurados”. También pone de relevancia que el día de la muerte, el 21 de septiembre de 2013, “comieron los tres juntos en el piso de Basterra” en torno a las tres, y permanecieron allí hasta pasadas las 17.00 horas. “Un rato después, es vista en compañía de su padre por una amiga”, indica la sala de lo Civil y de lo Penal del TSXG, al tiempo que recuerda que una cámara la graba dentro del coche de su madre en dirección a Teo poco después.

La autopsia determinó que la niña había muerto por asfixia por sofocación entre tres y cuatro horas después de la última comida y que en un rango similar de tiempo había ingerido una dosis tóxica de Orfidal, que las especialistas cifraron en, al menos, 27 pastillas.

Las cuerdas

Junto a su cuerpo, apunta la sala, se localizaron unas cuerdas plásticas de color naranja que “coinciden en estructura física y química con las encontradas en la casa de Montouto”, por lo que el alto tribunal gallego cree que “inferir” que se trata de la misma cuerda “no puede tacharse de ilógico ni de una mera casualidad ni coincidencia”.

Además, la sala del TSXG rechaza por “contradictoria” la versión dada por Rosario Porto sobre lo que hizo la tarde de la muerte de Asunta y critica que su defensa ponga en duda el momento del asesinato y de la colocación del cuerpo en la pista forestal para “hacer encajar” este hecho con su versión. “El relato alternativo de Rosario Porto se eleva sobre el vacío”, resume el auto. 

Más allá, profundiza en el hecho de que a los jurados “no se les dio la oportunidad de decidir sobre las circunstancias de la colocación del cadáver” en la pista forestal, ya que “este asunto no fue sometido a su atención en el objeto del veredicto” por petición de la defensa de Alfonso Basterra. “Desconocemos, pues, quién, cómo y, sobre todo, cuándo se depositó el cadáver”, resume.

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