La Xunta multará con 600.000 euros a los locales que excedan su aforo legal

La Xunta multará con 600.000 euros a los locales que excedan su aforo legal
GRA238. SANTIAGO DE COMPOSTELA, 31/10/2013.- El presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijoo, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consello que se ha celebrado esta mañana en San Caetano. EFE/Xoan Re

El régimen de sanciones de la futura ley de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia prevé multas de hasta 600.000 euros para los locales en los que se detecte exceso de aforo.

El Consello da Xunta evaluó ayer el anteproyecto de esta ley, la primera de estas características en Galicia, que el presidente gallego, Alberto Núñez Feijóo, prevé que esté en vigor el próximo año, según ha dicho en conferencia de prensa.

En su intervención, explicó que el objetivo del régimen sancionador en las infracciones muy graves es que en Galicia “no se propaguen determinadas prácticas que se producen en otros lugares por exceso de aforo en los locales”, aunque no mencionó ninguno en concreto.

Núñez Feijóo indicó, además, que el texto normativo establece un límite de doce años para que los niños puedan acceder a espectáculos taurinos.

Esta normativa sobre espectáculos y actividades recreativas también estará en concordancia con la ley de emprendimiento, ha destacado el presidente gallego, de modo que bastará con la comunicación previa, como norma general, para la realización de una de estas actividades.

licencias

En cualquier caso, sí será precisa la obtención de una licencia para los supuestos “de mayor nivel de riesgo”, esto es, para la apertura de un establecimiento con un aforo superior a 500 personas, para la instalación de terrazas, escenarios o estructuras móviles, para realizar actividades al aire libre, para aquellas que se desarrollen en más de un ayuntamiento y para la celebración de espectáculos taurinos.

También habrá excepciones, de modo que no necesitarán licencia ni comunicación previa la apertura de establecimientos propiedad de un ayuntamiento, las actividades organizadas por éstos, así como los locales con un aforo inferior a cien personas.

La futura ley, indicó Feijóo, es un respaldo normativo a la cantidad de actividades recreativas y espectáculos que se celebran a lo largo del año en Galicia y sobre los que había un “vacío legal”.

El texto pretende dotar de una normativa estas actividades e incidirá en su regulación en aspectos como la protección menor, la defensa de los derechos de los usuarios, el respeto a los animales y la conservación del patrimonio artístico y cultural.

Así, en cuanto a la protección de menores, se hace especial énfasis en la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y en la restricción del acceso a menores de 12 años a espectáculo taurinos, “aunque vayan acompañados”, entre otras actuaciones.

Los horarios estarán fijados por una norma autonómica, aunque los municipios podrán ampliarlos o reducirlos.

Uno de los aspectos más novedosos es el régimen sancionador, con multas de hasta 600.000 euros para las sanciones muy graves, como el exceso de aforo.

En las infracciones muy graves la competencia será autonómica, mientras que los municipios se encargarán, “por primera vez”, de controlar las “leves y las graves”.

La Xunta multará con 600.000 euros a los locales que excedan su aforo legal

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