El Concello, condenado a ejecutar una orden de derribo de hace 12 años

El Concello, condenado a ejecutar una orden de derribo de hace 12 años
La casa objeto de la orden de derribo | gonzalo salgado

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra ha condenado al Concello a ejecutar la orden de derribo de una vivienda construida sin licencia e ilegalizable en el lugar de Cruceiro, en la Avenida de Vilariño, y que emitió hace 12 años. La decisión parte de la denuncia de un particular, vecino del promotor, que inició en 2004 una batalla administrativa hasta denunciar ante la justicia a la administración local por inactividad, ya que en todos estos años no procedió a la ejecución forzosa.

Los hechos se remontan a finales de 2014 cuando Rodrigo Martínez Costa denunció ante el Ayuntamiento que su vecino estaba “ampliando un galpón sin la correspondiente licencia”. Su acusación fue corroborada por un informe de la Policía Local –tras realizar una inspección “in situ”–y la Alcaldía, ocupada por aquel entonces por José Manuel Cores Tourís, emitió una paralización cautelar de las obras de 24 horas. Sin embargo, el cambadés remitió un nuevo escrito en abril de 2015 porque el promotor “continúa a facer caso omiso” y “burlándose dos requerimentos (...) ao continuar coas obras, causando estragos na miña propiedade”, señalaba.

Sanción de 53.000 euros
Ese mismo mes también solicitó ser parte en el expediente municipal incoado para la reposición de la legalidad urbanística –con el fin de recibir toda la documentación– y el arquitecto municipal emitió un informe diciendo que los trabajos “non dispoñen de licencia municipal e non son legalizables, toda vez que dan frente á vía pública, ao tratarse dunha servidume o vial polo que acceden a esa propiedade”. Es más, calificó los hechos como una infracción grave por “non cumprir as condicións mínimas esixidas polas vixentes Normas Subsidiarias” y concurrir “circunstancias que agravan a responsabilidade do infractor como é a desobediencia a orde de paralización emitida en data 16.12.2004”. De hecho, proponía una sanción de 53.002 euros.
Basándose en este documento, el regidor municipal emitió en junio de ese año una resolución dando 15 días al promotor para que aportara documentación en defensa de sus intereses. Sin embargo, no presentó alegaciones .y el 9 de agosto Cores Tourís firmó la orden de derribo dándole 15 días para proceder voluntariamente e informándole que, en caso de incumplimiento, el Concello procedería a la ejecución forzosa, haciéndolo con sus medios y pasándole después la factura o mediante la imposición de multas coercitivas reiterables. Sin embargo, nunca se cumplió.

Martínez Costa aún remitió otros escritos en 2009 y también en 2015, ya con el cuatripartito y cuando el arquitecto municipal pidió que se realicen varias consultas al asesor jurídico y se habla de una inspección, pero “no consta realizada ninguna actuación más”, según la resolución judicial.
El cambadés insistió en el asunto porque le parece una injusticia que algunos vecinos se salten la legislación y por eso decidió denunciar el caso, además de los “prejuicios” que esta edificación ilegal tienen para su propiedad. De hecho, el año pasado, y tras 12, decidió denunciar al Ayuntamiento por inactividad y presentó un recurso contencioso administrativo solicitando su condena a ejecutar la orden de derribo forzosamente y ha sido admitido.

El Concello y la familia del promotor, ya fallecido, alegaron, entre otras cosas, que esta resolución municipal había prescrito, pero la jueza la desestimó –son 15 años– y también los condenó a la imposición de las costas, hasta un 200 euros.

El Concello, condenado a ejecutar una orden de derribo de hace 12 años

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