Condenan a tres personas por maltratar y amenazar de muerte a un vendedor del mercadillo

Condenan a tres personas por maltratar y amenazar de muerte a un vendedor del mercadillo
29 febrero 2012. Cambados. Vista de la Avenida de Galicia reabierta al tráfico sin señalización horizontal. Mercado (mercadillo) ambulante.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra ha condenado a un hombre a una multa de algo más de 1.200 euros como autor de un delito de daños y otro leve de maltrato de obra contra un vendedor del mercadillo de Cambados al que, junto a otras dos personas, también condenadas por el segundo delito, amenazó incluso esgrimiendo uno de ellos una navaja y con frases como “te voy a matar”. 

Los hechos ocurrieron el 7 de agosto de 2016 en el mercadillo de la capital del albariño. Según los hechos recogidos en la sentencia como probados dos vendedores se acercaron a la víctima “puestos de común acuerdo y con ánimo de amedrentar y de menoscabar su integridad física” esgrimieron una navaja y le dijeron cosas como “te voy a matar, voy a matar a tu novia, te voy a quemar la caravana, te voy a clavar las piernas lanzándole ambos piedras que no llegaron a alcanzarle”. 

Detalles
Uno de ellos, “al no lograr su propósito lesivo” y con “ánimo de menoscabar el patrimonio ajeno”, tiró la máquina expendedora del ambulante, causándole desperfectos por un valor superior a los 400 euros. Poco después apareció una mujer con el mismo ánimo, según la resolución judicial, que trató de golpearlo con un bolso y una bolsa sin llegar a alcanzarle al “tiempo que junto a los otros dos acusados y con ánimo de amedrentarlo gritaba expresiones tales como te voy a pinchar, abandona la feria, por la noche te rajo el cuello a ti y a tu familia”. 

Los tres acusados, que tienen antecedentes penales no computables al caso, fueron condenados como autores de un delito de leve de amenazas, que queda absorbido por uno leve de maltrato de obra, a la pena de 29 días de multa con una cuota diaria de seis euros, a razón de 174 euros cada uno. Además el que tiró la máquina fue condenado también por un delito de daños a la pena de seis meses de multa a razón de una cuota diaria de seis euros, lo que hacen más de 1.000 euros. También deberá cubrir la reparación. 

Recurso
Uno de los hombres recurrió el fallo alegando error en la valoración de la prueba, pero la Audiencia Provincial de Pontevedra lo desestimó. El tribunal considera que el estudio de la valoración de la prueba realizada por la jueza instructora “puesta en relación con el material probatorio obrante” es “plenamente acertada”. En el juicio se tuvo en cuenta los testimonios de un testigo que vio como amenazaron a la víctima y le tiraron piedras y  la Policía Local sitúa al recurrente con los otros dos agresores en el lugar de los hechos en “actitud agresiva y profiriendo expresiones intimidatorias” y vieron con la mujer le golpeó con el bolso. 

Tampoco acepta el tribunal la impugnación de la multa señalando que “no constan las circunstancias que afectan a la disponibilidad económica del acusado” y que se trata de la cuota considerada mínima por la jurisprudencia.

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