El Concello expedienta a un pub por exceder el nivel legal de ruido

El Concello expedienta a un  pub por exceder el nivel legal de ruido
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La Xerencia Municipal de Urbanismo notificó la apertura de un expediente al establecimiento de ocio nocturno situado en las escaleras de la calle Fuensanta Rodríguez, en la villa de Sanxenxo, debido al incumplimiento de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente y contra la Contaminación Acústica. Así lo constató el organismo autónomo durante la comprobación realizada entre el 25 de agosto y el 17 de diciembre en el sistema de vigilancia automática de actividades del Ayuntamiento, que reflejó anomalías que afectan al sonógrafo, registrador y limitador que controlan el sonido en este local, que cuenta con licencia de pub.

Así, entre las incidencias detectadas destaca la falta de recepción de los datos de estos aparatos a lo largo de 12 días del mes de septiembre, 6 en octubre, uno en noviembre y otro en diciembre; además de la desconexión del limitador en 6 ocasiones, y la manipulación del controlador en 24 jornadas.

Tal y como dispone el artículo 10.2 de la normativa municipal, los dispositivos sonógrafo-registrador, de obligada instalación en aquellos establecimientos que produzcan una perturbación por ruido o vibraciones por máquinas, fuentes musicales o actividades que generen niveles no constantes, deberán remitir los datos diariamente al sistema de inspección contratado por la Administración local “considerándose a falta de recepcións dos mesmos así como a existencia de calquera incidencia que atinxe ó funcionamento correcto do dispositivo, como suficiente para a suspensión preventiva da actividade”.

A su vez, el artículo 36 recoge como falta grave la vulneración expresa de los requerimientos municipales para la corrección de las deficiencias observadas, mientras que el artículo 37 considera como muy grave las reincidencias en dos o más faltas graves en el plazo de doce meses.

En este sentido, cabe recordar que este establecimiento fue objeto el pasado mes de agosto de una suspensión preventiva de su actividad por el mismo motivo y que se prolongó hasta que su responsable presentó la certificación del correcto funcionamiento de la emisión de los aparatos, así como la recepción de los datos enviados al sistema de inspección, emitida por el técnico de mantenimiento del dispositivo.

En la resolución notificada al titular del establecimiento se le concede un plazo de diez días de trámite de audiencia para consultar el expediente en las dependencias de la Xerencia Municipal de Urbanismo. A su vez, en el documento se indica la posibilidad de que el presunto responsable pueda reconocer voluntariamente los hechos, como dispone el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

El representante de este pub tendrá también un período de diez días para presentar las alegaciones que estime oportunas.

El Concello expedienta a un pub por exceder el nivel legal de ruido

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