MEIS - El TSXG revaloriza un terreno comunal expropiado para la obra del macronudo

MEIS - El TSXG revaloriza un terreno comunal expropiado para la obra del macronudo
02 mayo 2012. Meis. El acceso a la autovía desde el macroenlace quedó cerrado por la tarde. El tramo cortado es de apenas 1,2 kilómetros, pero se trata de un enlace clave: El que conecta la vía de alta capacidad con el nudo. De

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente uno de los recursos que la Comunidad de Montes de San Lorenzo (Meis) presentó para solicitar una mayor valoración de los bienes afectados por las obras de construcción del macroenlace viario de Curro. El tribunal tumbó dos de sus contenciosos, como ya había hecho con otros recursos similares presentados por los comuneros vecinos de San Tomé, pero un tercer proceso defendido por los de San Lorenzo ha conseguido revocar en parte la decisión inicial del Jurado de Expropiación de Galicia. 
Se trata de la valoración del arbolado existente en la parcela 185. El Jurado había concedido un valor expropiatorio total de 161.623,98 euros, pero los comuneros presentaron documentación adicional en la que se probaba que eucaliptos de características similares a los existentes en aquella parcela se habían pagado con mejores precios que los estipulados por el Jurado para este caso. El TSXG indicó que “debe reconocerse” que “el justiprecio de esas especies de similar tamaño puede percutir en el principio de igualdad”, que “exige que ante supuestos de hecho iguales las consecuencias sean la misma, proscribiendo toda desigualdad arbitraria y no justificada por los poderes públicos”. Así pues, se corrige el fallo de origen revalorizando el eucaliptal de modo que los árboles mayores se abonarán con 41,59 euros la unidad, 13,65 los medianos y 4,20 los pequeños. 

desestimaciones
No obstante, todas las demás pretensiones de la Comunidad de Montes de San Lorenzo para aumentar el valor de las expropiaciones fueron rechazadas, comenzando por el resto de solicitudes en el mismo recurso sobre la parcela 185, que pedía una valoración diferente del suelo. En este caso, el Tribunal Superior no hizo imposición expresa de costas, pero sí cargó a la Comunidad de Montes las referentes a otros dos recursos (hasta un máximo de 900 euros por cada proceso), que intentaban revalorizar otras dos fincas, la 182 y 184, aunque las sentencias no son firmes.
En estos dos procedimientos, más recientes aunque todos fallados en las últimas semanas, se presentaban discrepancias sobre la propia clasificación del suelo, aunque el TSXG dio la razón a los criterios seguidos por el Jurado de Expropiación. Tampoco aquí apoya las exigencias para revisar al alza el valor de arbolados, ya que “se carece absolutamente de toda actividad probatoria con visos de imparcialidad demostrativa de manera técnica de los mayores valores propuestos”. “Igual respuesta desestimatoria ha de adoptarse respecto a la petición de que se incluya una indemnización por la rescisión de los contratos con las empresas mineras que, al parecer, desarrollaban una actividad” en la zona. 
De igual forma, se rechaza la solicitud de mayor compensación por la solera de asfalto del antiguo circuito de karts y por la indemnización al perder su alquiler: El Tribunal recuerda que el propietario no tiene derecho a compensación por rentas dejadas de percibir sobre un bien, ya que se considera este valor incluido dentro del justiprecio propuesto. n

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