Prescribe la denuncia del Náutico contra SOS Panadeira por los altercados en el incendio de un pantalán

Prescribe la denuncia del Náutico contra SOS Panadeira por los altercados en el incendio de un pantalán
Pancartas de la plataforma en los pantalanes, en imagen de archivo | d.a.

La denuncia del Real Club Náutico de Sanxenxo contra SOS Panadeira por presuntos daños y coacciones durante unas protestas en 2014 ha quedado finalmente sin efecto, al decretar el Juzgado de Instrucción número 2 de Cambados la prescripción de los hechos. Con esta decisión, compartida por la Fiscalía, quedan libre de todo cargo las cinco personas que todavía permanecían imputadas con respecto a los altercados durante el incendio de un pilote en febrero de aquel año.


Inicialmente, los hechos denunciados se presentaron como posibles delitos, pero tanto el fiscal como el juzgado coinciden en que las diligencias de investigación posteriormente practicadas “no evidencias que los hechos denunciados revistan caracteres de delito”, sino de falta.


Esta es una de las claves del archivo, porque si bien juzgado y Ministerio Público indican que sí hay una conducta que “merece reproche penal”, dice textualmente la Fiscalía, la “intensidad” de los hechos investigados es menor a la esperable en un delito. Una vez tipificados como posibles faltas es cuando entra en juego el argumento de prescripción, ya que estas vencen antes que los ilícitos penales. Por tanto, el sobreseimiento libre de la causa se toma al haber transcurrido “el plazo de seis meses previsto en el artículo 131 del Código Penal” para las faltas. Contra la decisión de sobreseimiento cabe todavía recurso de reforma y subsidiario de apelación.


“Acometimientos mutuos”
La denuncia partía de unos hechos acontecidos el 26 de febrero de 2014, cuando se produjeron daños en un pilote de pantalán del Náutico que, “habría sido incendiado”, recoge la Fiscalía. Posteriormente, hubo un enfrentamiento entre miembros de la plataforma y el personal del Náutico que acudió con extintores para intentar atajar el fuego.


Dice el juzgado que el supuesto delito de daños no puede ser tal, porque los desperfectos fueron valorados por debajo del umbral que marca la diferencia entre delito y falta: 400 euros. En las diligencias ha quedado acreditado que el “suministro de nuevo pilote” costó 203.


En el caso de las supuestas coacciones, tampoco cabría hablar de delito, porque si bien las imágenes, atestados y declaraciones revelan que “las personas investigadas acometieron a quienes acudieron a sofocar el incendio”, “impidiéndoles el paso”, también habrían depuesto “su actitud rápidamente, sin olvidar que hubo acometimientos mutuos”, por lo que “cabe apreciar una menor intensidad en las coacciones ejercidas, debiendo dicha conducta encuadrarse en (...) falta de coacciones”, concluye el juzgado. “Por todo ello”, añade el auto judicial, “es por lo que los hechos enjuiciados, si bien no presentan caracteres de delito, sí podrían ser constitutivos de una falta de daños y otra de coacciones”, eso sí, prescritas justamente debido a su naturaleza procesal, como quedó dicho.

Prescribe la denuncia del Náutico contra SOS Panadeira por los altercados en el incendio de un pantalán

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