El TSXG desestima la demanda de una naviera sobre el plan del Parque Nacional Illas Atlánticas

El TSXG desestima la demanda de una naviera sobre el plan del Parque Nacional Illas Atlánticas
Un catamarán navegando por la Rïa de Arousa | G. Salgado

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso interpuesto por una naviera grovense en el que impugna la aprobación del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional Marítimo Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia (PRUX). De este modo, avala el procedimiento seguido por la Xunta en la tramitación del plan.

En su demanda, la naviera que ofrece viajes al parque Islas Atlánticas y otras rutas desde O Grove, Portonovo y Vigo, solicitaba a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda la nulidad del plan al considerarlo contrario a derecho y al ordenamiento jurídico.



Uso del idioma gallego


En concreto, el tribunal rechazó los once argumentos expuestos por la parte demandante, entre los que figuraban el uso del idioma gallego utilizado para su redacción y que no fuera traducido al castellano para la exposición pública tal y como habían solicitado sin obtener respuesta.

En contra de esta queja, la sentencia expone que “los documentos que hayan de producir efectos fuera de la comunidad autónoma, habrán de ser traducidos al castellano, pero en este caso no se trata de un reglamento que haya de surtir efectos fuera de esta comunidad autónoma”, y hace referencia a la Ley de normalización lingüística, que indica que “as actuacións administrativas en Galicia serán válidas e producirán os seus efectos calquera que sexa a lingua oficial empregada”. Además, añade que no tienen constancia de que ningún interesado pusiese de manifiesto el desconocimiento del gallego en el trámite de alegaciones, y al no aparece solicitud por parte del demandante, no se puede considerar que se le ocasionase indefensión.

Otras de las alegaciones se corresponden con el período de exposición pública, los plazos fijados o posibles incumplimientos sobre el uso de este entorno.

Todas estas cuestiones fueron tumbadas por los magistrados y el fallo impone el pago de las costas procesales a la parte demandante. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación en el plazo de 30 días, bien ante el Tribunal Supremo, o ante la correspondiente Sección de esta Sala del TSXG. 

El TSXG desestima la demanda de una naviera sobre el plan del Parque Nacional Illas Atlánticas

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