El TSXG ratifica la suspensión del derribo de los apartamentos Playa Canelas durante ocho meses

El TSXG ratifica la suspensión del derribo de los apartamentos Playa Canelas  durante ocho meses
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El TSXG da un plazo de ocho meses a los propietarios de los Apartamentos Playa Canelas para realizar el derribo parcial de las instalaciones y ajustar la edificación a la legalidad urbanística en base a la licencia de legalización otorgada por la administración local. En el fallo del pasado mes de octubre, en respuesta a los recursos presentados por el Concello de Sanxenxo y los dueños de los apartamentos Playa Canelas, el alto tribunal ratifica la sentencia dictada en diciembre de 2018 por el juzgado contencioso administrativo número 1 de Pontevedra. 

En esta sentencia se desestima el incidente de inejecución de derribo promovido por el Concello, se mantiene la clausura del complejo hotelero con corte de suministros y se advierte que si transcurrido el plazo de ocho meses no culminasen de las obras y no obtuviesen licencia de primera ocupación se continuará con la ejecución del derribo.

Los promotores de este negocio tramitaron en su momento las autorizaciones pertinentes ante la administración local para levantar un edificio compuesto por semisótano, planta baja y dos pisos. Sin embargo, lo construido no se ajusta a la legalidad vigente y por ello los apartamentos turísticos no disponen de los permisos obligatorios para su explotación.

La presidencia de la Xerencia Municipal de Urbanismo ordenaba en junio de 2011 la demolición del inmueble y la clausura de la actividad, en cumplimiento del fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Pontevedra, que fue confirmado por la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. A principios de septiembre el negocio fue precintado de nuevo, tras haber sido clausurada la actividad, y desde el departamento de Urbanismo municipal se instó al responsable de los apartamentos a retirar el mobiliario y los enseres existentes, para que, de esta manera el inmueble quedara en las condiciones necesarias para dar cumplimiento a la sentencia firme que ordena su demolición.

Pero en 2015 un recurso solicitando la inejecución de la sentencia de derribo en base a la licencia de legalización frenó hasta ahora  su paso por la piqueta.

Sin embargo, el TSXG es muy claro en su fallo al considerar que no puede aceptar la inejecución de la sentencia de derribo. “La legalización no se corresponde con lo construido sino que se condiciona a la demolición parcial de lo edificado. 

Al estar en juego el derecho al cumplimiento de las sentencias en sus propios términos es correcto que la declaración de inejecutabilidad vaya precedida de la verificación de que efectivamente las condiciones impuestas se han cumplido y se ha hecho en plazo”.

El TSXG ratifica la suspensión del derribo de los apartamentos Playa Canelas durante ocho meses

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