Varapalo judicial para Cambados por la nave logística de Sete Pías

Varapalo judicial para Cambados por la nave logística de Sete Pías
Vista del polígono industrial de Sete Pías en Cambados | d. a.

El Concello de Cambados se las puede volver a ver con una reclamación de 8,6 millones de euros por la nave logística de Sete Pías. Y es que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha revocado una sentencia que le libraba de pagar esta cantidad en concepto de responsabilidad patrimonial. Nuevamente ha sido la empresa gestora la que ha acudido a los tribunales que ahora le dan la razón por faltar un informe del Consello Consultivo de Galicia sobre el cese de la relación contractual entre ambas partes.
En abril de 2016 el cuatripartito respiraba tranquilo porque una asunto heredado amenazaba la economía de las arcas locales. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra desestimó un recurso de la UTE Estévez Container Orensanos y Soil Recovery pidiendo la impugnación de una resolución de Alcaldía de 2015 que le denegaba la rescisión del contrato y la concesión de 8,6 millones de euros en concepto de responsabilidad patrimonial. Con todo, la firma, que fue la única que se presentó al concurso para hacerse con la concesión de esta nave para el tratamiento de residuos, no se conformó y recurrió esta sentencia ante el TSXG, que ahora le da la razón en parte.

Argumentos
La Sala de lo Contencioso- Administrativo señala que “semejante discrepancia (...) no solo se extiende al ámbito genérico de una interpretación o resolución de un contrato administrativo sino incluso al mucho más específico extremo de interpretación y extinción de una concesión administrativa y sin que, sin embargo, conste en el expediente administrativo que se hubiese cumplido aquel precepto atinente al previo y obligado dictamen del Consello Consultivo de Galicia”. Es más, señala que “se incurrió pues en patente causa de nulidad procedimental administrativa por omisión de un trámite esencial al respecto”.


De este modo, el TXSG estima parcialmente el recurso de la UTE y revoca la primera sentencia y aquella resolución administrativa por la que el gobierno local de Luis Aragunde desestimó su petición de resolución del contrato por mutuo acuerdo, y acuerda la correspondiente retroacción procedimental para que el Consello emita aquel “preceptivo dictamen”. Así las cosas, el caso se reinicia, aunque el Ayuntamiento puede alegar a esta nueva decisión judicial mediante la interposición de un recurso de casación.
Este no es el único litigio existente por este caso. En 2016, otro juzgado de lo contencioso falló a favor del Concello en un procedimiento abierto por la UTE contra las liquidaciones del canon correspondiente al servicio de tratamiento de residuos industriales no contaminantes previsto en la nave. La cantidad ascendía a 280.172 euros .

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