Vilanova pierde el recurso judicial del talaso contra la Diputación

Vilanova pierde el recurso judicial del talaso contra la Diputación
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Revés para el Concello de Vilanova en su pugna contra la Diputación. El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra ha desestimado el recurso que el Ayuntamiento presentó contra la decisión de la entidad provincial de dejar fuera de una orden de ayudas el proyecto del talaso de O Terrón. 

El Concello aspiraba a una inversión de 1,5 millones para la piscina, pero la Diputación         desestimó su candidatura. La administración vilanovesa recurrió, insistiendo en que la denegación de la ayuda millonaria se había hecho de forma arbitraria, por decisión política. Pero el juzgado ha dado la razón a la administración pontevedresa. 

“En fraude de ley”
La sentencia no impone las costas, algo a lo que también aspiraba la Diputación, y aunque es aún recurrible, es a la vez rotunda al condenar la actuación del Ayuntamiento. 
El juez considera que Vilanova intentó “en fraude de ley” una “artificiosa” “ampliación del plazo para redactar y presentar el verdadero proyecto”. 

De hecho, indica el fallo que el Concello presentó primeramente, dentro de plazo, un proyecto que, en realidad, no era el del talaso, sino “equipamiento deportivo existente” ya en la actualidad, como los vestuarios y el bar para el campo de fútbol. 


Un mes después de que hubiera finalizado el plan de admisión de proyectos, Vilanova presentó documentación para “subsanar” supuestos errores menores en el proyecto que, a la vista de lo que dice el juez, no eran tales, sino “su verdadero proyecto”. Este ya sí incluía el talaso, contaba con un presupuesto diferente, documentación técnica distinta e incluso venía firmado por otros arquitectos. El juzgado lo tiene claro: Vilanova “no aportó dentro del límite del plazo el verdadero proyecto de la obra para la que se solicitaba la subvención”, sino que “se presentó la documentación de otro proyecto anterior ya ejecutado, porque el nuevo proyecto todavía no se había redactado”, “con el único propósito de conseguir artificiosamente una ampliación del plazo para redactar y presentar el verdadero”. Algo que, “además de infringir” las bases de la orden de ayudas, supondría una obtención subrepticia de “unha clara ventaja frente a sus competidores” para obtener los fondos provinciales.

Vilanova pierde el recurso judicial del talaso contra la Diputación

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