Vilanova pierde otro de los recursos con Celta Prix y deberá abonar 138.000 euros

Vilanova pierde otro de los recursos con Celta Prix y deberá abonar 138.000 euros
Cuntis. Contenedores de basura, (plástico amarillo, verde orgánicos).

La larga batalla judicial del Concello de Vilanova contra la anterior concesionaria de la recogida de basura, Celta Prix, ha derivado en una nueva sentencia, contraria plenamente a los intereses del Ayuntamiento. 

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado estos días un recurso de apelación de Vilanova contra una sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso 2 de Pontevedra por la que se le obliga a abonar a Celta Prix 138.729,45 euros, más los intereses legales generados. El nuevo fallo ratifica la obligación del Concello de pagar y también lo condena a costas, con un límite de mil euros. 


Vilanova argumentaba que la empresa con la  que litiga había cedido las facturas de la discordia, por lo que no era ya competente para reclamar su satisfacción. También que Celta Prix habría incumplido el contrato de recogida de basura y que no se habría abonado al Ayuntamiento la parte que le corresponde por la retirada de papel, cartón y envases ligeros. Igualmente, volvían a criticar una compensación de facturas, al no estar de acuerdo con ella.
La Sección Segunda de lo Contenciso-Administrativo del TSXG, sin embargo, echa por tierra todos y cada uno de los argumentos del Concello vilanvoés en este recurso. 

Afirma que la cesión de facturas se produjo, efectivamente, a un tercero que, no obstante, es ajeno a la causa en litigio, con lo que Celta Prix “tiene legitimación para reclamar”. Dice el alto tribunal en favor de la sentencia que intentó apelar Vilanova que “es correcto jurídicamente” “la obligación de abonar la cantidad reclamada a la empresa recurrente y no a un tercero ajeno en el procedimiento judicial”. 

Incongruente
En cuanto al supuesto incumplimiento del contrato que defendía el Concello, el TSXG recoge que “todas y cada una” de las facturas en litigio habrían sido previamente aprobadas por la entidad local. “Con ello, la propia administración demandada ha reconocido no solo la realidad de las facturas presentadas”, “sino que también ha reconocido la corrección de los servicios prestados”. “No resulta congruente que la administración, después de ese reconocimiento, cuestione la corrección de los servicios prestados”, dice el órgano judicial. 

Finalmente, en cuanto a las discrepancias sobre la compensación de facturas, el TSXG se remite a un anterior fallo, de finales del año pasado y aquí publicado hace unos días, reiterando que no procede ceder ante las pretensiones del Ayuntamiento. 
El fallo ahora emitido es aún susceptible de recurso de casación, bien ante el mismo TSXG o ante el Tribunal Supremo.

Vilanova pierde otro de los recursos con Celta Prix y deberá abonar 138.000 euros

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