El alcalde modificia el cuadro de multas de la Policía Local para adaptarlo a los cambios legislativos

El alcalde modificia el cuadro de multas de la Policía Local para adaptarlo a los cambios legislativos
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Una resolución de Alcaldía modifica el cuadro de multas en materia de tráfico de la Policía Local de Vilagarcía para adaptarlo a los cambios introducidos por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Viaria, que produce cambios en la Ordenanza Municipal de Circulación.
El texto con los nuevos anexos de sanciones aparece publicado en el número de ayer del Boletín Oficial de la Provincia, por lo que entrará en vigor desde hoy mismo.
La resolución señala, entre otras cuestiones, que la Policía Local podrá multar, además de en las vías de titularidad municipal, en aquellas vías y terrenos “aptos para a circulación, públicos ou privados, abertos ao tráfico de persoas e vehículos en xeral, e os tramos que polas súas características urbanas ou por ser alternativas viarias ou variantes ás que se ten acceso, non poden considerarse travesías”. En este último caso se sitúan, por ejemplo, Rosalía de Castro, Rivero de Aguilar, Agustín Romero o Elpidio Villaverde.
La resolución deroga el cuadro de infracciones aprobado por decreto en junio de 2010 y autoriza a los agentes de la Policía Local “nos casos legalmente establecidos, á adopción da medida cautelar da retirada do vehículo da vía e ordenar o seu depósito no lugar que se designe”.
En cuanto a las multas reguladas por la Ordenanza Municipal de Tráfico, destacan algunas. Calificada como muy grave y con una sanción de 3.000 euros se encuentra “retirar, deteriorar, ocultar ou alterar de calquera xeito os sinais de circulación permanentes ou ocasionais nunha vía, sen permiso ou causa xustificada”. Circular con patines, monopatines por la carretera o hacerlo por aceras y zonas peatonales a velocidad superior al paso de las personas está calificado como falta leve y lleva una sanción de 60 euros, mientras que ir en bicicleta por zona de preferencia de peatones  realizando maniobras peligrosas es grave y conlleva 200 euros de multa. Celebrar eventos deportivos, culturales, lúdicos o religiosos sin autorización municipal, así como no avisar a la Policía Local de convocatorias que puedan generar aglomeraciones, se considera muy grave y está penado con 500 euros.
El cuadro de multas de la Ordenanza Municipal de Circulación adaptado a los cambios legislativos también sanciona actividades como la venta de coches en la calle. Así “ter estacionado o vehículo de forma permanente na vía pública durante máis de tres días, de xeito que se poida presumir que se efectúa unha publicidade destinada á venda do mesmo, ou con fins fundamentalmente publicitarios”, es una falta leve sancionada con 60 euros.

El alcalde modificia el cuadro de multas de la Policía Local para adaptarlo a los cambios legislativos

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