La asfixia ocasionada por la presión fiscal no es buena idea

La asfixia ocasionada por la presión fiscal no es buena idea
Nos encontramos ante un escenario sin precedentes en cuanto al protagonismo adquirido por la función fiscal, los retos se multiplican | Cedida por Inter Asesoría

Sin duda alguna nos encontramos ante un escenario sin precedentes en cuanto al protagonismo adquirido por la función fiscal, los retos se multiplican y la asesoría fiscal tiene grandes desafíos en una era en la que la presión fiscal en España alcanzó máximos históricos según el Informe de Competitividad Fiscal 2022 realizado por el  Instituto de Estudios Económicos (IEE). Este informe desmiente la afirmación tan repetida de que el impuesto a los grandes patrimonios como el reciente impuesto solidario a las grandes fortunas era necesario para proteger a las familias, puesto que la presión ejercida no es únicamente sobre las empresas y ricos, en concreto el resultado de sumar los impuestos de la renta al trabajo (IRPF) y la aportación a las cotizaciones a la Seguridad Social, conlleva que la persona trabajadora reciba un salario neto del 60% de todos los costes laborales asociados a su puesto. Las cotizaciones sociales en España son especialmente altas, eso unido a que el IRPF se sitúa un 8,8% por encima de la media europea consiguiendo que “la presión fiscal normalizada en función de la renta, ya es un 53% mayor que el promedio de la Unión Europea”, alertó la mesa en la presentación del informe, en el que se recoge el índice de competitividad fiscal, elaborado por la Tax Foundation, según este indicador España se sitúa entre los cinco países con peor competitividad fiscal de la OCDE. Pese a su mala posición, se sitúan a la cola Francia, Italia, Portugal e Irlanda.
 

Los ingresos públicos que aportan las empresas en España, según este informe es superior a la media europea, representando un 32,5% mientras que la media correspondiente a la eurozona se sitúa en el 23,9%, el afán recaudatorio del Gobierno sitúa a las empresas de nuestro país en una situación de menor competitividad, con un pronóstico de que esa carga fiscal aumente en el 2023. Este hecho es poco habitual después de una crisis, momentos en lo que la recaudación suele verse limitada como necesidad de recuperación, en un momento en el que las empresas tienen muy recientes las heridas post-COVID.Cabe recordar que la inversión de las empresas depende del sistema tributario de los países, en las que los tipos impositivos demasiado altos provocan incluso deslocalizaciones.
 

En una realidad en la que las empresas además de sufrir esta presión fiscal, tienen que sobrevivir a los repentinos y numerosos cambios normativos, esto genera un ecosistema preocupante de inseguridad jurídica en la que es vital el correcto asesoramiento para evitar riesgos. 
 

Con la incorporación de los nuevos impuestos, cabe asegurarse de que se cumplen con las nuevas obligaciones correctamente, sin pagar de más, gestionando la fiscalidad de los negocios de manera eficiente. La conjunción de alta profesionalización e inversión tecnológica es la fórmula para que los asesores de empresa puedan llevar a cabo un plan fiscal preventivo con mayor eficiencia automatizando tareas menos relevantes para que el asesor pueda centrarse en dedicar más horas en asuntos con alto valor y que realmente les quita el sueño al contribuyente, ya sea empresa o persona física.
 

Conocemos que el futuro plan de la UE y consecuentemente de los países miembros pasa por recopilar y verificar información transfronteriza de las distintas plataformas proveedoras de servicios digitales, como puede ser el del alquiler o de criptoactivos, con la intención de que sus clientes/contribuyentes actúen con diligencia y cumplan con sus obligaciones fiscales. La nueva normativa regulará la limitación de pagos en efectivo a 10.000 euros para todos los países de la Unión, teniendo cada uno de ellos la libertad de bajar esa limitación. La nueva regulación deriva a las plataformas la responsabilidad de verificar hechos e información sobre sus clientes, cuando lleven a cabo operaciones por un importe igual o superior a 1.000 euros  y así controlar el origen lícito del dinero. En esas medidas de control, se incluyen a los joyeros, relojeros y orfebres, intermediarios financieros de terceros, personas que comercialicen con metales preciosos y piedras preciosas y bienes culturales. 
 

*Noelia Puceiro es la directora de INTER Asesoría

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