Fallan contra el Concello en la disputa por el terreno en San Roque do Monte

Fallan contra el Concello en la disputa por el terreno en San Roque do Monte

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha fallado en contra del Concello de Vilanova en el pleito que se disputaba contra unos particulares por la titularidad de una parcela en San Roque do Monte. Se trata de una superficie de unos 177 metros cuadrados ubicada justo frente a la iglesia en cuyo entorno se realiza la popular carrera de burras, que se corresponde con la ubicación de un cruceiro instalado frente al templo, lugar usado a veces como aparcamiento.

Una primera sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vilagarcía había dado ya la razón a los vecinos, fallando que la parcela era de su propiedad. El Concello siempre defendió lo contrario, que era de titularidad municipal, y decidió recurrir en apelación ante la Audiencia. El recurso fue rechazado, ratificando al completo la primera sentencia y dando la razón a los vecinos frente al Ayuntamiento.
Títulos frente al Catastro

El Concello fundamentaba su pretensión en un argumento clave: La parcela aparecía a su nombre en el inventario del catastro de 1956 y en el amillaramiento de 1946. No obstante, el tribunal rebate y tumba esta baza. Lo hace al recordar que esos registros se crean únicamente a efectos de recaudación fiscal y que, por ello, no pasan de “constituir un simple indicio de pertenencia” de la propiedad, no pudiendo por si solos “revestir justificante del dominio, ya que ello convertiría a los órganos administrativos”, los que tramitan este tipo de tributos, “en definidores del derecho de propiedad, haciendo inútil la existencia de los Tribunales de Justicia, cuya misión es precisamente la de declarar los derechos controvertidos”.

No bastando, pues, el dato del Catastro en 1956, los particulares sí aportaron documentación sobre el dominio del suelo, como el título, escritura de adjudicación de herencia, inscripción registral y también otra certificación catastral. Incluso quedó constancia de que el habitual uso de aparcamiento, paso de vecinos y ocupación del suelo durante las fiestas eran actos autorizados “de modo expreso” por los titulares.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso por infracción procesal o de casación. Las costas derivadas del recurso de alzada fueron impuestas al Concello, declarándose de oficio las de primera instancia.

Fallan contra el Concello en la disputa por el terreno en San Roque do Monte

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