Ravella tendrá que sumar 40.000 euros en juros a la indemnización a Porto Rey

Ravella tendrá que sumar 40.000 euros en juros a la indemnización a Porto Rey
Diario de Arousa-2018-06-23-003-27ed6aed

El Concello de Vilagarcía tendrá que sumar los juros de demora a la indemnización de 230.087,72 euros que está obligado a pagar a Enrique Porto Rey por la expropiación de una de sus fincas. 
La Xunta de Goberno Local aprobó recientemente un informe de Intervención en el que se señala que los intereses, desde el 19 de mayo de 2013 hasta el 31 de julio de 2018, ascienden a un total de 40.973, 98 euros.  
Así pues, el arquitecto recibirá un total de 270.876,7 euros por una finca situada frente a la estación de tren y al lado del portalón de la terminal de autobuses.
El informe de Intervención señala como fecha previsto de pago el último día del próximo mes. De esta manera, el Concello zanjaría uno de los asuntos más farragosos, junto al litigio por la concesión del Balneario, de los que afronta en los tribunales. 

Largo proceso
Una sentencia del Tribunal Supremo dictada en enero de este año zanjó esta batalla entre el Concello y el que fue director de Urbanismo de la Comunidad de Madrid. El fallo tumbó tanto el recurso presentado por la administración local como el de Enrique Porto Rey, por la expropiación de los terrenos, que funcionan como vial de acceso a unos edificios
La sentencia reconocía la obligación de Ravella de indemnizar a Porto Rey, pero rechazaba el recurso del propietario de los terrenos que reclamaba 1,6 millones de euros. 
El fallo confirma la sentencia anterior del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que, a su vez, ratificaba el justiprecio fijado en 2012 por el Xurado de Expropiación de Galicia.
Durante el proceso judicial el Concello argumentó que “el propietario de la finca había llevado a cabo actuaciones urbanísticas encaminadas a crear fraudulentamente la apariencia hacia terceros de que su finca había sido incorporada al dominio público”.
Sin embargo, la sentencia considera, por el contrario, que las segregaciones realizadas por Porto Rey se ajustaban a la legislación vigente en el momento en el que se llevaron a cabo. Señala, asimismo, que tales actuaciones estarían avaladas por el Concello cuando “concedió licencia de edificación a las viviendas de atrás”.
En este sentido, el TSXG  buscó precedentes en un caso similar que sucedió en Pontevedra y en el que el mismo tribunal dio la razón a un particular que promovió la expropiación de su finca ante la “inactividad” del Concello, en este caso el de la capital de la provincia. El fallo reconoce que la ley en la que se amparan las segregaciones de Porto Rey era “anticuado y disconforme con lo que idealmente debería ser una ciudad moderna”, pero vigente en el momento de los hechos.
Todos estos argumentos fueron confirmados por el Tribunal Supremo, que además condenó en costas al Concello de Vilagarcía que ahora tendrá que pagar también intereses de demora. Un litigio que salió caro a Ravella, aunque muy lejos de los 1,6 millones reclamados por Porto Rey.

Ravella tendrá que sumar 40.000 euros en juros a la indemnización a Porto Rey

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