Retiran la protección a una mujer que denunció amenazas de muerte

Retiran la protección a una mujer que denunció amenazas de muerte
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA JUZGADOS

La Audiencia de Pontevedra ha retirado la orden de alejamiento dictada contra un vecino de Vilagarcía por, presuntamente, amenazar de muerte a su expareja. La sentencia del tribunal provincial estima un recurso presentado por el demandado, al considerar que no queda acreditado el riesgo.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Vilagarcía dictó una orden de alejamiento y prohibición de comunicación contra el hombre por, presuntamente, decirle a su exmujer por teléfono “que tuviera cuidado que iba a coger la escopeta y le iba a pegar un tiro”.

Los hechos serían constitutivos, según señala la sentencia del tribunal provincial, de un delito leve de injurias o de vejación injusta, según el artículo 173.4 del Código Penal. Sin embargo, la instructora fundamentó la orden de protección en base al “temor que dice tener la denunciante a que el investigado cumpla, de algún modo, las amenazas, y en el carácter violento que se dice que tiene el investigado pues, en un a ocasión, hace años, parece ser que le dio una bofetada a su exesposa y le fracturó la nariz”.

Sin embargo, el tribunal provincial considera que “el riesgo debe entenderse como una probabilidad de reiteración delictiva contra la persona proveniente del mismo autor” lo cual, aseguran en el auto, no se da en este caso..

“No se vislumbra esa probabilidad más allá de la situación concreta y puntual denunciada, ni existe acreditación de ese episodio violento anterior”, señala el tribunal, que incluso va más allá al establecer los motivos tras la denuncia al asegurar que “las divergencias y desavenencias entre las partes derivan de cuestiones de índole económica”. Asimismo, la Audiencia tiene en cuenta que el riesgo ha sido calificado por la UFAM de “bajo”.

Por este motivo, el tribunal provincial tuvo en cuenta el recurso presentado por el denunciado y echó abajo la orden de protección contra su exmujer dictada por el juzgado de instrucción.

Juicio nulo
Por otra parte, la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra también acaba de dictar la nulidad de un juicio celebrado en Vilagarcía en el que se condenaba a un vilagarciano a la pena de diez días de localización permanente por enviar mensajes vejatorios contra su expareja. El hombre presentó un recurso ante el tribunal provincial  al considerar, por un lado, que las expresiones mandadas a amigos comunes a través del teléfono están “sacadas de contexto” y, por el otro, por la “violación del derecho de tutela judicial efectiva”. Y es que el acusado pidió defenderse a sí mismo, pero la jueza instructora no le permitió interrogar a la denunciante, aunque sí realizar preguntas a través de la propia magistrada. “Lo verdaderamente relevante es que ésta debería haber velado pro el respeto del derecho de defensa del imputado”, señala el auto, que anula el juicio y devuelve las actuaciones.

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