Tumban la petición de 100.000 euros por la muerte de un hombre con dolor de espalda

Tumban la petición de 100.000 euros por la muerte de un hombre con dolor de espalda
El paciente, que era de Vilagarcía, fue trasladado en ambulancia al centro de salud de Cambados donde le dieron medicación para un dolor de espalda |

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia tumba la reclamación de cien mil euros de indemnización presentada contra el Sergas por los familiares de un paciente que falleció tras ser asistido en el centro de salud de Cambados, a donde acudió por una lumbalgia. La sentencia considera que no queda probada la mala praxis en la administración de la medicación.

Los hechos ocurrieron el 16 de julio de 2011, cuando un vecino de Vilagarcía fue trasaldado desde su domicilio al centro de salud de Cambados por una ambulancia dl 061. Se aquejaba de un fuerte dolor de espalda, paara lo que se le suministró un antiinflamatorio no esteroideo. El paciente falleció dos días después por una hemorragia intestinal.


La familia considera, y por ello recurrió a los tribunales, que existe mala praxis en la administración de la medicación, y que deberían haberle suministrado un protector gástrico. De hecho, un informe presentado por los demandantes vincula la ausencia de protector con la hemorragia masiva que le provocó la muerte.


Sin embargo, el TSXG considera que no queda acreditada la mala praxis. Se basa, en primer lugar, en el escrito de contestación a la demanda que muestra la administración, y en el que se señala que ya en el informe del médico que atendió al paciente fallecido explica que “no se prescribe protección gástrica, pues en su medicación ya figura la toma de Omeprazol cada 24 horas”.

Un extremo que confirma en su declaración el propio facultativo, que aseguró que siempre “reviso posibles alergias medicamentosas, medicación habitual y antecedentes personales” y explica que en la pauta del paciente ya aparecía el protector gástrico.


De hecho, el paciente venía tomando el Omeprazol desde tres años antes, ya que debido a sus frecuentes problemas lumbares solo tomar antiinflamatorios.


Pero más allá de esta cuestión, existen también otros informes en los que se aseguran que el sangrado podría no ser la causa determinante de la muerte, según se recoge en la sentencia. En este sentido, el análisis de la médico forense señala que el paciente presentaba “hallazgos compatibles con insuficiencias cardíaca, hepática y renal, lo cual provocaría alteraciones vasculares y metabólicas que justificarían el edema cerebral y la congestión”. En general, según este informe, “todas las alteraciones son compatibles con el deterioro multiorgánico que provoca el abuso prolongado del alcohol”.

Largo proceso
Por todo ello, el TSXG considera que no queda acreditada la mala praxis en el centro médico de Cambados. La sentencia es un paso más en un largo proceso que comenzó como un contencioso administrativo que echó abajo el juzgado de primera instancia. En cualquier caso, contra el fallo, que no impone costas, cabe recurso de casación ante el Supremo.

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