Tasas buenas y malas

Les confieso mi inocente sorpresa desde que, hace ya un tiempo, “surgió” esta clasificación de tasas. Las mismas, fiscalmente, son los tributos que se devengan a cambio de la prestación de un servicio a una persona (física o jurídica) o administración pública. Para el tema que nos ocupa lo que se refiere a la ocupación de espacio en el dominio público que le corresponde a una administración. Hay una cuestión fundamental que se está olvidando al hablar de este tema. El pago de las tasas es VOLUNTARIO, a diferencia de otros tributos como los impuestos (gravan la renta o el consumo) porque sólo se produce cuando se quiere obtener un servicio a cambio. Son una contraprestación económica. Si no se solicita esa ocupación de espacio ya no hay obligación de pagar.  
Según los promotores de estas críticas las “malas” las cobra Portos de Galicia de la Consellería do Mar y las “buenas” se devengan para  otras administraciones (municipales, provinciales, del Estado... ). Por cierto no vi, todavía, a ningún representante político de los que formulan estas quejas haberlas suprimido en el ámbito donde ejerce su competencia. Resulta clarificador.
El ente público las cobra porque a través de su Ley de Creación, aprobada por el Parlamento de Galicia, se le asignan unos medios para hacer frente a sus finalidades de gestión, conservación, planificación y desarrollo del sistema portuario autonómico. Esos ingresos, vía tasas, van fundamentalmente a la permanente mejora de las condiciones de trabajo del importantísimo sector profesional del mar que existe en la Comunidad Autónoma. Esas decenas de miles de esforzadas y valerosas personas (hombres y mujeres) que tienen su medio de vida en el medio marino.
El establecimiento de tasas ocurre en todos los casos de organismos similares en el resto de Comunidades Autónomas, revistan la forma jurídica que sea. Las tasas que percibe Portos de Galicia de la Consellería do Mar se recogen en la ley autonómica que regula, de manera general, TODO ese tipo de tributos (no solo los portuarios) y no en ninguna normativa propia (de esto los de o NON todavía no se enteraron...). El personal del ente público tiene la obligación legal de cobrarlas cuando se den los requisitos establecidos. Se trata de los mismos conceptos tributarios que aplican otras administraciones. A mi no me parece criticable, por poner un ejemplo, que los ayuntamientos, diputaciones, las autoridades portuarias o Costas de Estado cobren tasas por ocupación de espacio. Porque lo hacen y sus respectivos presupuestos de inversiones se nutren de esos ingresos tributarios. Tampoco me quiero creer que los que critican ferozmente las tasas portuarias lo hagan debido a que, en realidad, querrían cobrarlas ellos... Una especie de “quítate tu que me pongo yo” en términos recaudatorios.
Vaya por delante que están muy focalizadas las críticas pues provienen, en parte, del algún partido frustrado porque no tuvo éxito la campaña que emprendió contra la ya vigente Lei de Portos y a quien siguen sus acólitos partidarios e institucionales. 
También este grupo tiene unos ocasionales compañeros de viaje en aquellos que tratan de desviar la atención de sus propios problemas haciendo ruido con este asunto. 
Personalmente puedo entender que no guste pagar tributos pero forma parte de nuestra obligación como ciudadanos que vivimos al amparo de un Estado de Derecho.  
A los responsables políticos nos corresponde hablar clarito, también, en este tipo de asuntos pues es consustancial al rigor y seriedad en el ejercicio de nuestras funciones. Seamos claros, el devengo de tasas es propio de TODAS las administraciones públicas y el descalificar las ajenas frente a las propias desde un incomprensible maniqueísmo resulta absurdo. Allá quienes se echen en brazos de la demagogia.    
(*Presidente de Portos de Galicia. 
Consellería do Mar)

Tasas buenas y malas

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