¿Dura sentencia?

 

Testigos periodísticos  del momento han relatado la conmoción que entre los afectados produjo por su supuesta dureza  la sentencia sobre los ERE falsos del PSOE en la Junta de Andalucía. La escena de la notificación –han escrito- se asemejó a un funeral. Incluso para los ex altos cargos que habían evitado la cárcel, la alegría fue comedida por el “enorme mazazo” que había supuesto el fallo, con “penas elevadas”.

La reacción de los ex presidentes fue dispar. Mientras Chaves se mostró indignado y con cara de cabreo, Griñán quedó estupefacto; estaba en shock ; su cara de descomposición fue evidente ante los seis años de prisión y quince de inhabilitación  que, si el Supremo no lo remedia, le esperan.

    El tribunal juzgador de la Audiencia provincial de Sevilla había entendido que el Gobierno socialista andaluz  conocía la “patente y palmaria ilegalidad” de unas teóricas ayudas sociolaborales concedidas con “absoluta falta de control” entre los años 2000 y 2009 y de cuya realidad fueron “plenamente conscientes” los principales condenados.

Los magistrados han venido a dar la razón a la inicial instructora del caso, la  acosada y hasta difamada juez Mercedes Alaya  y a su tesis de la pirámide delictiva; esto es,  la organización jerárquica y consciente de la trama. Hasta quince  informes de advertencia formuló el por entonces interventor general de la Junta. 

Al final resulta que no han sido “cuatro golfos”, como proclamó la de aquella portavoz del Gobierno autonómico y delfín de Chaves, Mar Moreno, sino diecinueve quienes manejaron a su capricho y conveniencia clientelar un auténtico fondo de reptiles; una red ideada para perpetuar los gobiernos socialistas en aquella comunidad.    

¿Sentencia dura? Podría parecerlo a la vista de las contundentes y categóricas consideraciones de la resolución judicial. Pero a juicio de expertos penalistas, no lo ha sido tanto. En primer lugar, porque las penas impuestas resultan benignas en comparación con las elevadísimas condenas que recayeron sobre los protagonistas de la Gürtel: 33 años de prisión para el considerado máximo responsable del caso. Y en segundo término porque las penas impuestas no lo han sido con su máxima severidad.

Ha sorprendido, por ejemplo, que habida cuenta de la mastodóntica cuantía de la malversación -680 millones de euros- el Tribunal no haya considerado oportuno sancionar este delito con la pena superior en grado; es decir, con hasta nueve años, tal como lo permite el Código Penal cuando el importe de lo defraudado  supera los 250.000 euros. 

¿Cuándo sino en un caso como el presente, se podrá volver a aplicar con mayor razón este tipo agravado?  Ha sido la pregunta inevitable. Finalmente, de cara al ciudadano de a pie, es de suponer que las penas de inhabilitación para cargo público a acusados ya bien entrados en edad habrán sonado también a poco. No habrá que perder de vista que estamos ante el mayor fraude de la España democrática.

¿Dura sentencia?

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