El abogado de este constructor cambadés defendió que su cliente desconocía que el dinero recibido en pago a la construcción de la vivienda de Laureano Oubiña y su esposa ya fallecida, Esther Lago, en A Laxe (Vilagarcía) era de origen ilícito. Sin embargo, la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional destaca su “estrecha” relación de amistad con el matrimonio y concluye que en su “quehacer profesional incurrió en el delito de blanqueo de capitales procedente del tráfico de drogas”, y así lo refleja en una sentencia que no es firme y contra la cual aún puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Impone tres años de prisión y una multa de 216.000 euros a Amancio Costa
La resolución viene del juicio oral celebrado en julio de 2012 y en el que junto a Amancio Costa se sentaron en el banquillo otros ocho acusados, entre ellos Laureano Oubiña, quien también fue condenado y está a la espera de que se resuelva su recurso. Sin embargo, el enjuiciamiento del constructor se pospuso hasta diciembre a petición de su abogado, alegando el padecimiento de un cuadro depresivo.
Los magistrados condenan ahora a Amancio Costa a tres años y tres meses de prisión, con la aplicación del atenuante de dilaciones “indebidas” –el procedimiento judicial se inició en 2002– y a la multa de 216.949 euros. La misma cantidad que le abonó la sociedad Albion Investements Spain en pago de varias facturas por las obras de la vivienda. Una empresa que, según el Alto Tribunal, formaba parte de un entramado societario dirigido por Lago para blanquear dinero procedente del tráfico de drogas.
pruebas "suficientes"
La Audiencia basa su decisión en la existencia de pruebas “suficientes”, tanto documentales como las resultantes de la propia declaración del cambadés, para proclamarlo como un autor de un delito de blanqueo, rechazando su defensa de que desconocía el origen del dinero.
Según la sentencia, de ellas se desprende que mantenía una estrecha relación con el matrimonio, de la que nunca renegó, y que incluso se habían ido juntos de vacaciones a Marbella, en 1999, unos meses antes de que detuvieran a Lago por asuntos de droga. Además del dato “no irrelevante” de que sus hijos eran pareja. Con lo cual, considera “perfectamente acreditado” que sabía que el matrimonio carecía de ingresos procedentes de una actividad lícita. Es más, los magistrado exponen que sabía que Oubiña estaba en prisión y que en la fase de instrucción dijo, sobre su dedicación que “solo sabe lo que se decía sobre el contrabando de tabaco”. Del mismo modo, exponen que tenía conocimiento y no puso objeción a la subrogación del contrato de la obra a favor de la mercantil Albion, que, según un informe de Vigilancia Aduanera, se nutría de fondos procedentes del tráfico enviados desde Marruecos a Suiza. De hecho, esta firma se encargó de las facturas tras dejar de ser el promotor el padre de Lago –al que falsificaron su firma y quedó absuelto en la causa– desde entonces e incluso tras la detención de Lago por un asunto de drogas. Y, en este sentido, el Tribunal destaca como “hecho indiscutible” la publicidad mediática de su arresto y los motivos. De hecho, unos abogados que trabajaron en la creación de aquellas sociedades se enteraron así de quién era Esther Lago.