El juez readmite otra vez a los lonjeros al ver “desproporcionado” su despido por el desvío de marisco

El juez readmite otra vez a los lonjeros al ver “desproporcionado”  su despido por el  desvío de marisco
31/10/2011. Cambados. Compra - venta (subasta) del marisco extraído por los mariscadores de a flote en la lonja cambadesa, durante la primera jornada de la campaña de libre marisqueo en la zona de Arousa.

Nuevo juicio, nueva sentencia, mismo pronunciamiento. Los tres lonjeros de Cambados despedidos por el Pósito han vuelto a conseguir que el Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra les dé la razón y obligue a la Cofradía a reincorporarlos o indemnizarlos. La entidad ya ha anunciado que optará por la primera de las vías, la de mantenerlos en plantilla y hacer frente a los salarios, en lugar de abonar las indemnizaciones. Pero como aún cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el Pósito anuncia que lo presentarán para seguir en la pugna jurídica. 
El juzgado argumenta que hubo “desproporción a la hora de reprimir una conducta que se venía tolerando”, el desvío de almeja que entraba a la rula. Ha quedado acreditado que se este se hacía de algún modo, ya que los propios empleados y testigos lo admitieron. Por ello mismo, de nuevo el juez no necesitó la admisión y visionado de las imágenes de las cámaras de seguridad en las que se registraría esta práctica. Y eso a pesar de que el juicio tuvo que repetirse, justamente, porque la sentencia primera y anulada fallaba en favor de los trabajadores alegando que la grabación de imágenes podía vulnerar sus derechos. El TSXG recordó que hay nueva jurisprudencia al respecto y que las empresas tienen derecho de control sobre la actividad de sus empleados, por ejemplo, con videograbadoras. Pero, como quedó dicho, las imágenes volvieron a ser irrelevantes al admitirse los hechos que allí se verían.
Eso sí, a pesar de admitirse estos, el juzgado cree la conducta se pudo corregir “bien con una advertencia, bien con la imposición de una sanción con un contenido menos intenso” que el despido.

“Demasiadas dudas”
El fallo también reza que no se dio por probado el robo como tal de ese marisco. Hay “demasiadas dudas”, “lo que conduce a no tener por acreditados los hechos”. Concluye que sí se desviaba almeja de los cauces del control oficial al resumir la práctica como la “retirada de almejas de las cajas ya pesadas y predestinadas a su venta en pública subasta, en beneficio propio y/o ajeno”. Pero destaca que varias declaraciones apuntan a que se trataba de “costumbres pasadas”, que podrían estar más o menos normalizadas. Esta idea, dice la sentencia, cobraría fuerza al efectuarse estas conductas de los trabajadores sin ocultación, conscientes de que eran grabados por las cámaras de seguridad. 

No hay discriminación
Aunque la sentencia es favorable a los tres empleados, el juez también tumba uno de sus principales argumentos: Que habían sido discriminados y despedidos por su “convicciones y afinidad ideológica al Partido Popular”.
La otra sentencia conocida en el ámbito de la Cofradía da la razón a esta. Se trata de la ratificación, por el mismo juzgado, del despido de un vigilante, fallo contra el que también cabe recurso. Este alegó no disponer de equipo y ropa adecuados para su trabajo y llegó a abandonar su puesto en varias ocasiones desde mayo de 2016 indicando que “tenía frío”. Lo hizo constar en varios escritos, recibiendo otros instándolo a reanudar sus obligaciones, hasta que fue despedido. El juzgado entiende ahora que hubo una “actitud de permanente incumplimiento de sus obligaciones” a pesar de constar que se le hizo entrega de “ropa adecuada”. l

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