Condenado a dos años de prisión por intimidar con una navaja a los que lo retenían tras robar un bolso

Condenado a dos años de prisión por intimidar con una navaja a los que lo retenían tras robar un bolso
Vista de la fachada de la Audiencia de Pontevedra | d. a.

La Audiencia de Pontevedra ha confirmado una condena de dos años y seis meses de prisión para un hombre que en 2017 robó el bolso a una vecina cuando transitaba por la plaza de Confín (O Grove) usando el método del tirón y posteriormente amenazó con una navaja a la víctima y a los transeúntes que la ayudaron a retenerlo hasta la llegada de la Guardia Civil. De hecho, se le aplicó el agravante de reincidencia pues un año antes había sido condenado por un robo en una casa habitada.


El tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el condenado contra la sentencia emitida en noviembre de 2020 por un juzgado de lo penal de Pontevedra en la que se le declaraba culpable de un delito de robo con violencia e intimidación y uso de armas en grado de tentativa y otro leve de lesiones pues al arrebatarle “fuertemente” el bolso le provocó dolor en un hombro y la mujer precisó siete días de curación no impeditivos. De hecho, por ello debe pagar una multa de 300 euros e indemnizarla con 210 euros y con 256 al Sergas.


Los hechos ocurrieron en la noche del 9 de agosto y el condenado fue retenido por la mujer y otros peatones, pero logró huir porque les “intimidó con el ademán” de utilizar una navaja que les mostró pidiendo que le dejaran marchar antes de que llegaran los agentes. No obstante, en su recurso sustentó que fue uno de los que auxilió a la víctima y por eso su móvil había aparecido tirado en la escena; un argumento que no convenció a la Audiencia de Pontevedra porque “carece de razón de ser que siendo una de las personas” que la atendió “se ausentara del lugar antes de que llegara la Guardia Civil dejando atrás su teléfono”, señala la sentencia.


Asimismo, la resolución concluye que no existe infracción en la presunción de inocencia por un presunto error en la valoración de las pruebas pues considera que se actuó con “garantías legales y constitucionales” y destaca el testimonio de la mujer y de otro testigo, porque fueron “complementarios” y “no se aprecian contradicciones”. Además, la víctima, si bien en el juicio “no pudo afirmar concluyentemente que la persona que estaba allí fuera la misma” identificada en su día como el ladrón, añadió que “por las facciones” le “parecen la misma”. Además, previamente, tras el robo, había reconocido al condenado fotográficamente en sede policial.

Condenado a dos años de prisión por intimidar con una navaja a los que lo retenían tras robar un bolso

Te puede interesar