El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Padrón dictó una sentencia por la que le impone a un furtivo, S.B.D., al que desde la Cofradía de Rianxo consideran “agresivo”, la prohibición de acercarse a menos de 200 metros del guardapesca de dicho pósito y de comunicarse con él por un periodo de dos meses. Del mismo modo, también lo condena a una multa de 4 euros al día durante dos meses (240 euros en total), a pagar en un solo plazo dentro de los 15 días siguientes a aquel en el que se haga el requerimiento de su abono, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
La denuncia contra el ahora condenado la interpuso el afectado a mediados de enero pasado por un presunto delito de amenazas leves, después de que el guardapesca sorprendió a S.B.D. extrayendo marisco, lo que motivó que le pidiera que se marchase y que si no lo hacía avisaría a las autoridades, peor no lo logró. Fue entonces cuando llegó la Policía Local, lo que provocó que el mariscador ilegal recogiera sus cosas y se marchó con el producto en una red que había extraído. Los agentes municipales rianxeiros fueron detrás de él para que le entregase lo que había cogido, y su reacción fue arrojarlo al mar.
AMENAZAS LEVES
En ese momento, el guardapesca de la Cofradía de Rianxo fue a coger ese marisco y el furtivo se dirigió a él con una piedra y se la tiró, aunque no llegó a darle porque se apartó. Cuando llegó la patrulla de la Guardia Civil, el vigilante les identificó a esa persona, que incluso le había amenazado diciéndole que sabía donde vivía y que le iba a pegar, a quemar el coche y otras expresiones similares que profirió en presencia de la Policía Local. El contenido del atestado instruido por la Benemérita y el parte elaborado por los agentes municipales avalaron la versión del denunciante.