El TSXG también atiende un recurso de la RAG para invalidar artículos del decreto gallego

El TSXG también atiende un recurso de la RAG para invalidar artículos del decreto gallego
Vista de apelación celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). EFE/Archivo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha atendido un recurso de la Real Academia Galega (RAG) para invalidar el carácter vinculante de la consulta a las familias en la Educación infantil para impartir el idioma en la primera etapa educativa.

El TSXG hizo pública el pasado 22 de noviembre una sentencia en la que estimaba los recursos contra el denominado decreto del plurilingüismo, la norma 79/2010 puesta en marcha tras la llegada del PP al Gobierno autonómico.

Esta norma introducía la enseñanza del idioma inglés, junto con el gallego y el castellano y establecía la consulta a los padres en la primera etapa educativa para elegir el idioma de enseñanza, entre sus principales características.

La sentencia anula un párrafo del artículo 5.2, el de la consulta a las familias y también otro del artículo 12.3, en el que la norma dice que el alumnado utilizará en las aulas el idioma de su preferencia, independientemente de la lengua en la que se imparta la asignatura.

El TSXG fallaba de este modo sobre el recurso planteado por el sindicato CIG, la plataforma ciudadana Queremos Galego y la organización A Mesa pola Normalización Lingüística, y en otra sentencia hecha publica hoy resuelve un recurso de a RAG en el mismo sentido.

La sentencia anula el párrafo del artículo 5.2 por no considerar ajustado a derecho el carácter vinculante de la pregunta a las familias, "al entender que la Administración debe ejercer su competencia de fijar la lengua predominante".

Sobre esta consideración del alto tribunal, la Xunta entiende que "debe ejercer su competencia del modo más consensuado posible con las familias".

Y en cuanto al artículo 12.3, el relativo a que el alumnado pueda emplear la lengua oficial de su preferencia en la comunicación oral y escrita, la sentencia señala que "corresponde a la Administración determinar el idioma que el alumnado utilice".

El TSXG también atiende un recurso de la RAG para invalidar artículos del decreto gallego

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