Víctor do Cochón ve reducida su pena de prisión por robos de 18 a 7 años

Víctor do Cochón ve reducida su pena
de prisión por robos de 18 a 7 años
La condena se redujo considerablemente respecto a la petición de Fiscalía | CHECHU

Inicialmente la petición de condena de cárcel que hacía la Fiscalía para el ribeirense Víctor Manuel Pérez Casais, “Víctor do Cochón”, era de 20 años por un concurso de delitos, principalmente de robo con violencia e intimidación y tenencia ilícita de armas, pero tras el juicio la rebajó a 18 años, mientras que la acusación particular del supermercado Eroski le solicitaba siempre dos años y medio más, en función de sus conclusiones. La sentencia de la sección sexta de la Audiencia Provincial, con sede en Santiago de Compostela, que se dio a conocer ayer respecto a este proceso fija la pena en siete años de cárcel, una reducción en la que resultó decisiva la defensa que hizo el letrado del acusado que, dicho sea de paso, es del turno de oficio. Pero, cabe interponer recurso de casación ante esa sala dentro de los 5 días siguientes al de la última notificación de dicha resolución.

VISTA PARA DECIDIR LA SITUACIÓN DEL PENADO
El próximo miércoles, día 31 de mayor, a las nueve de la mañana, está fijada la celebración de una vista para ser oídas las partes en relación a la solicitud de libertad realizada por el abogado defensor, Antonio Oubiña, en la fase de informe, y sobre la posible prórroga de la prisión en la que actualmente se encuentra el condenado, “Víctor do Cochón” -que tuvo que ser detenido tras estar en busca y captura por no comparecer en la segunda y última sesión del juicio, algo inusual en dicha audiencia- en atención a las penas impuestas al condenado en
esta reciente sentencia.

El referido órgano judicial presidido por Ángel Pantín Reigada condena a cuatro años de cárcel a “Víctor do Cochón” como autor confeso de un delito consumado de robo con violencia e intimidación y uso de arma en el restaurante “Jenaro” de Ribeira, con la concurrencia de las circunstancias agravantes de disfraz, pues llevaba la cara tapada con una braga, aunque pudo ser identificado por los ojos y la nariz, y también el de reincidencia. Esos mismos agravantes se los atribuye, al igual que el atenuante de drogadicción en la condena de dos años de prisión por el robo con violencia e intimidación y uso de arma en la panadería Isabel.


Respecto a estos dos delitos, la sentencia señala que el condenado cuenta con antecedentes penales por hechos de las mismas características por lo que esa misma sección lo condenó a cuatro años, tres meses y un día de privación de libertad, que acabó de cumplir el 13 de febrero de 2014. En este caso también se le aplica el atenuante de drogadicción, pues en aquella época era consumidor de cocaína y heroína, una adicción que fue ratificado por parte del jefe del Servicio de la UAD de Ribeira, tanto en el tiempo como en el reinició del tratamiento con metadona en octubre de 2014, en fechas próximas a los hechos enjuiciados. También le aplica el atenuante de drogadicción en la condena de un año como autor de un delito de tenencia ilícita de armas, y le impone la pena de multa de un mes con una cuota diaria de 5 euros como autor de un delito leve de apropiación indebida de una táblet en la Avenida do Malecón. Además, le condena a que indemnice a los dueños del restaurante Jenaro y de las panadería Isabel con 385 y 82,68 euros, respectivamente.


La sentencia de la Audiencia Provincial con sede compostelana absuelve a “Víctor do Cochón” del delito de robo con violencia e intimidación por el que fue acusado como consecuencia de los hechos ocurridos el 8 de septiembre de 2014 en el Eroski de A Pobra. Señala que hay dos razones que llevan a negar la suficiencia de la prueba practicada para desvirtuar la presunción de inocencia, como la imposibilidad de realizar una deducción concluyente que descarte otras alternativas plausibles a partir de hechos no contratados como la limitación funcional de un brazo, o carentes de significado relevante, como la similitud de la ropa o el hecho de coger el arma con dos manos”; y el carácter referencial de una prueba, como es la de la comparación de las grabaciones de cámaras de vídeo vigilancia, que pudo ser directa mediante la proposición del examen de las grabaciones en el juicio.

Víctor do Cochón ve reducida su pena de prisión por robos de 18 a 7 años

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