El TSXG obliga al Concello a volver a baremar la plaza de técnico deportivo

El TSXG obliga al Concello a volver a baremar la plaza de técnico deportivo
Vistas del edificio administrativo de O Grove | d.a.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) obliga al Concello de O Grove a anular parte de un ejercicio de la oposición a técnico deportivo, plaza concedida en agosto de 2016, y a revocar los actos posteriores, incluido el nombramiento de la aspirante seleccionada. La sentencia obliga a retrotraerse los actos al momento de la corrección del segundo ejercicio, al incluir cuestiones teóricas en una prueba práctica y una materia no incluida en el temario sobre las normas de uso de las instalaciones deportivas de Terra de Porto. 

El objetivo es que el tribunal valore la prueba de los aspirantes excluyendo las respuestas dadas a esa pregunta, determinando la puntuación global y por tanto qué aspirantes superan el mismo, y resolviendo con ello el proceso de acuerdo con las bases del concurso.
El recurrente fundamentó su contencioso alegando que se habían infringido las bases de la convocatoria en las que, según las mismas, el segundo ejercicio consistía en un caso práctico, y sin embargo se habían introducido en el mismo, además del ejercicio práctico otros apartados teóricos en forma de preguntas, y además una de las preguntas no tenía que ver con el temario de laconvocatoria. El recurrente pedía únicamente la de nulidad de esa segunda “pregunta” del segundo ejercicio de la oposición. Por su parte, el Concello do Grove considera que la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo es “incoherente e incongruente” e incide en un “error en la apreciación y valoración de la prueba”. Unos argumentos similares aportados también en el recurso presentado por la actual técnica deportiva de O Grove.

Sin embargo, el recurso en el TSXG no ha prosperado.y así lo detalla en el fallo. “Esa segunda pregunta en el modo que se ha planteado ha de entenderse vulnera las bases de la convocatoria, al no tratarse la cuestión propuesta de un ejercicio práctico como se establece en la Base Novena; lo que se propone es contestar una pregunta de tipo teórico que carece de relación alguna con el supuesto práctico”, se indica. El juez también valora que el recurrente tanto en vía judicial como administrativa pidió la anulación de la pregunta de ese segundo ejercicio, así como la revocación de los actos posteriores incluido el nombramiento de la actual técnico deportiva que ostenta su cargo desde el pasado 3 de junio de 2016.
La sentencia no es firme y tanto el Concello como la recurrente y actual técnica deportiva de O Grove pueden recurrir al Tribunal Supremo e interponer un recurso de casación en un plazo máximo de 30 días. Las costas procesales recaen sobre los demandantes.

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