La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ratifica la condena a cinco meses de cárcel a una mujer por robar en un establecimiento de Vilagarcía dos teléfonos móviles por valor de 374 euros cada uno, medio pollo valorado en 3,67 euros y una copa choco-nata por un precio de 0,96.
Los hechos se remontan a septiembre de 2020, cuando dicha mujer acudió al Alcampo de la Avenida de Las Carolinas, sobre las dos de la tarde, e introdujo en su bolsa particular los productos. La acusada fue interceptada por los servicios de seguridad del establecimiento cuando pretendía salir por la caja de cobro, recuperando todos los útiles robados.
De esta forma, tras realizar el juicio sobre el suceso, la mujer fue acusada por un delito de hurto en grado de tentativa y condenada a cinco meses de prisión, así como a pagar las costas del proceso judicial.
Sin embargo, contra dicha sentencia la acusada presentó recurso de apelación, argumentando que las pruebas presentadas no eran suficientes para probar su intencionalidad de robar, sosteniendo que uno de los testigos del juicio no estaba presente en el momento de los hechos y que, además, se mostró dubitativo sobre la identidad de la persona que se visualizaba por las cámaras de vigilancia, así como que el vigilante de seguridad no recordaba bien de qué persona se trataba. También, añade que la única testigo fiable sería la cajera, quien no fue llamada a juicio para testificar.
Pese a la argumentación presentada, la Audiencia Provincial terminó por desestimar el recurso, señalando la existencia de pruebas incriminatorias suficientes para condenar a la mujer. En consecuencia, se aprobó la misma sentencia, sobre la cual cabe interponer recurso de casación dentro de los cinco días siguientes de ser notificada.