El grupo parlamentario del PSOE estudiará la posibilidad de sancionarle por haber roto la disciplina de voto
Supone el tercer golpe contra la estrategia jurídica del Ejecutivo de Pedro Sánchez durante la emergencia sanitaria
Juan José González Rivas gana 160.728,12 euros frente a los 86.542,08 del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
El resultado de la votación ha sido de siete votos a favor y tres en contra.
La normativa entrará en vigor cinco meses después de ser aprobada.
El tribunal estima el recurso de un vecino de Tui sancionado con 601 euros por salir a un parque infantil con su hija
"Seguimos en desacuerdo con un horario rígido en la hostelería y con una norma rígida hasta que se consiga la inmunidad", dijo Alberto Núñez Feijóo.
El pleno del Tribunal Constitucional ha acordado mantener la prohibición de las concentraciones previstas este mediodía por el Día Internacional de la Mujer en Madrid.Fuentes jurídicas han informado a Efe de que el pleno ha decidido por unanimidad admitir a trámite los recursos de amparo presentados por UGT y CCOO de Madrid contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que prohíbe por razones de salud las concentraciones de este día en la capital, para analizar en una sentencia de fondo las cuestiones de constitucionalidad planteadas, que se consideran de especial trascendencia.Pero, en cambio, ha denegado la medida cautelarísima de suspensión inmediata de la prohibición de las marchas porque el asunto presenta elementos sustantivos específicos que abogan por un estudio meditado y contradictorio de esta petición.La decisión del Constitucional se ha adoptado en un pleno de urgencia que se ha convocado a las 09.30 horas para estudiar estos recursos después de que este domingo el TSJM dictara cinco resoluciones dirigidas sobre otros tantos recursos presentados por sindicatos y organizaciones feministas contra la prohibición acordada por la Delegación del Gobierno en Madrid.En todos ellas, la Justicia madrileña ratifica la prohibición al apreciar "alto riesgo" de contagio y primar el derecho "a la salud, la integridad física y la vida de las personas" al de reunión con el mismo criterio que en los otros tres recursos desestimados en la noche del sábado para celebrar actos el domingo.Según los recursos de ambos sindicatos, la sentencia "no analiza de forma concreta" la convocatoria a la que se aludía en el recurso sino que emplea argumentos de "carácter general" para desestimarla.Desde CCOO y UGT entienden que deben estudiarse "uno por uno y caso por caso de forma separada", ya que las características de la concentración que tenían prevista, "con una limitación de asistentes a 250 personas", junto con la presencia de un servicio de orden y en una fecha y hora -lunes a las 12.00 de la mañana-, convertían este acto en "inofensivo" para la salud pública, según su criterio.