Los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia sí pueden aplicar la deducción por ascendiente/descendiente a cargo

Los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia sí pueden aplicar la deducción por ascendiente/descendiente a cargo
En nuestro país y sobre todo en Galicia, lo más habitual es que la persona encargada del cuidado de nuestros mayores sea la familia | Cedida Inter asesoría

En nuestro país y sobre todo en Galicia, lo más habitual es que la persona encargada del cuidado de nuestros mayores sea la familia (en España suele ser una mujer en el 85% de los casos). Esto es así tanto por cuestiones culturales /costumbres arraigadas como porque supone un alto coste económico que no se puede asumir en la mayoría de los casos, bien a través de la contratación de cuidadores profesionales o bien residencias de mayores.

Pero la realidad es que lo común sea que un familiar, normalmente mujer, asuma el cuidado de sus mayores dejando totalmente a un lado la vida laboral que llevaba hasta ese momento. Para paliar esta situación y que los cuidadores no profesionales no quedasen fuera del amparo del Sistema de Seguridad Social, la Ley de Dependencia cuenta con un Convenio Especial para su inclusión.

En relación a la situación de los cuidadores no profesionales, recientemente el Tribunal Económico Administrativo Regional de Galicia ha reconocido el derecho a aplicar la deducción por descendiente a cargo que inicialmente la Administración había denegado a un contribuyente, cuya defensa en este caso corrió a cargo de nuestra asesoría.

Para ponernos en situación, se trata de un contribuyente con un hermano con discapacidad superior al 33% a cargo, dispone de sentencia firme de tutela con aceptación del cargo, con convivencia y cumpliendo el límite de ingresos. Además el contribuyente está de alta en la Seguridad Social – convenio especial- como cuidador no profesional de personas dependientes. Es decir, cumple con todos y cada uno de los requisitos para la aplicación de la deducción por descendientes con discapacidad a cargo.

Llegada la campaña de renta presenta su IRPF aplicando dicha deducción y, para su sorpresa, tras una serie de requerimientos y escritos, la AEAT deniega el derecho de aplicación de la deducción por considerar que el alta en este Convenio Especial es una asimilación al alta y que no debe entenderse a efectos laborales ni fiscales que está desempeñando una actividad por cuenta propia o ajena y por tanto el contribuyente no reúne uno de los requisitos que marca la normativa para poder aplicar la anterior deducción.

No estando de acuerdo con la decisión de la AEAT decide recurrirla ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Galicia exponiendo y aportando todas y cada una de las prueba del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de IRPF.

Finalmente dicho Tribunal falla a favor del contribuyente, dando cuenta de la realidad de las personas cuidadoras no profesionales, del sacrificio de su vida laboral, de los cuidados y atenciones que dispensan a las personas dependientes. Así mismo reconoce que, uno de los objetivos de la Ley de dependencia es dar cobertura a estos cuidadores y, por tanto, considera y admite que el contribuyente sí realiza una activad por cuenta ajena, el cuidado de una persona dependiente, de nuestros mayores, por la cual está de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y por tanto sí reúne los requisitos para la aplicación de la deducción por descendiente con discapacidad a cargo. Esta resolución abre la vía para que los cuidadores de personas dependientes puedan aplicar las deducciones por familiar a cargo, siempre y cuando cumpla con los restantes requisitos.

Para concluir, únicamente, aconsejamos a quienes se encuentren en una situación similar consulten siempre a un profesional para defender la aplicación de sus derechos fiscales.



*María Pérez

Asesora Fiscal en Inter Asesoría

Los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia sí pueden aplicar la deducción por ascendiente/descendiente a cargo

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