La Audiencia Provincial absuelve a un boirense de apropiación indebida de un dinero de su tía

La sección compostelana de la Audiencia Provincial absolvió al boirense F.G.S. de un delito de apropiación indebida, del que se le acusaba por retirar 27.436 euros de las cuentas bancarias de su tía, J.G.P., hechos por los que la Fiscalía solicitaba en su escrito de calificación provisional dos años y medio de cárcel y el reintegro del dinero, pero en el juicio retiró la acusación. La acusación particular pedía 6 años de prisión por ese delito que consideraba continuado y multa de 12 meses a razón de 10 euros diarios. Esta última cantidad también la solicitaba por un delito de daños en la propiedad de la tía y una indemnización de 4.515 euros, pero en el juicio retiró esta última acusación. La defensa del acusado alegó que los hechos no eran constitutivos de los delitos que le imputaban.

El presidente de la sala considera como hechos probados que F.G.S. acogió de noviembre de 2013 a agosto de 2014 en su casa de Boiro a su tía de 82 años y con problemas de salud que la limitaban físicamente, por lo que necesitaba cuidados de terceras personas, aunque estaba en el normal uso de sus facultades mentales. En ese periodo, el acusado retiró dinero de las cuentas de su tía en las que él figuraba como cotitular, sin probarse que se hiciera sin acuerdo de ella. J.G.S. contrató en ese periodo, sin que se probase que se hiciera sin consentimiento de su tía, la reconstrucción de un muro divisorio de una finca de su propiedad y donde ella siempre tuvo su residencia, llevándose a cabo la obra a partes iguales entre el acusado y el colindante, abonando cada uno 8.376 euros. El acusado contrató y pagó obras de una solera y mejoras en un corral de la finca por 5.566 euros. El juez añadió que no hay prueba de que los 635 euros de pensión de la tía llegasen para cubrir gastos del cuidado y atención hacia J.G.P.

No se probó ánimo de enriquecimiento
El presidente de la Audiencia Provincial compostelana, Ángel Pantín, considera determinantes la prueba documental aportada al juicio y la declaración del contratista que hizo las obras en beneficio de la finca de la denunciante por orden del acusado. El juez dice que la ausencia de la denunciante priva de base probatoria a la imputación que se hace de que las obras se contrataron unilateralmente por el acusado, sin conocimiento y acuerdo de ella, aunque lo que pretendía probar la acusación no era eso, sino que el inculpado actuó con ánimo de enriquecimiento, sin lograrlo. La sentencia precisa que resulta completamente razonable que las obras fueron pagadas con dinero retirado de las cuentas de la denunciante, "pues es lo lógico cuando las obras se realizan en beneficio de ella y no del denunciado, y ello hace que se reduzca en importante medida la cantidad que pudiera haber sido objeto de la apropiación indebida".

La Audiencia Provincial señala que no se discute que la denunciante precisa una atención integral y que existe base probatoria suficiente para poner en duda que la pensión que ella recibía fuera bastante para ello, pues lo manifiesta el denunciado, "quien aludió a la realización de diversos gastos directamente generados por la atención de su tía", lo que fue corroborado por la prueba testifical dimanante de su hermano y el testimonio de un sobrino del acusado, que fue la persona que pasó a ocuparse de la tía una vez que esta se enfadó con F.G.S. y su mujer y abandonó el domicilio de éstos. Por ello, el magistrado concluye que es posible y no descartable que la atención de la denunciante consumiera su pensión y que incluso provocara gastos superiores a tal importe, por lo que "queda desvirtuada la tesis de que las cantidades retiradas de la cuenta del Banco de Santander fueran objeto de apropiación por el acusado y genera también una duda razonable sobre las cantidades retiradas de Novagalicia Banco no cubiertas por el pago de las obras (poco más de 3.000 euros) hubieran sido apropiadas por el acusado y no destinadas a estas atenciones".

La Audiencia Provincial absuelve a un boirense de apropiación indebida de un dinero de su tía

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