El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirmó la condena impuesta a dos vecinos de Barrantes que fueron sorprendidos en enero de 2023 cuando intentaban transportar cerca de un kilo de cocaína desde O Salnés hasta Carballo. Los magistrados ratifican así una pena de cinco años de prisión para uno de los acusados (con antecedentes penales en delitos contra la salud pública) y de tres años y siete meses para el otro, así como sendas multas de 110.980,59 euros y el decomiso del coche utilizado.
Los hechos se remontan al 19 de enero de 2023, cuando uno de los hombres aparcó su vehículo en una calle de Ribadumia, sobre las diez y media de la mañana. Un par de horas después, regresó al coche e introdujo en el maletero, baja la tapa del espacio destinado a la rueda de repuesto, una bolsa plástica que contenía un paquete envasado al vacío con unos 995 gramos de cocaína, con un valor de mercado cercano a los 37.000 euros. Una vez cerrado el maletero, el procesado dejó la llave del coche escondida en una rueda del vehículo y marchó del lugar, según el relato que el Tribunal da por probado.
Agentes policiales encubiertos se encontraban vigilando la actuación. Así, ya por la tarde, otro hombre acudió al aparcamiento en un vehículo conducido por un tercero (que no fue procesado en la causa, recogió la llave escondida en la rueda del primer coche y ambos iniciaron la marcha, siendo seguidos por los agentes. Finalmente, el encausado fue arrestado en Carballo, localizando además del paquete en cuestión, dos pastillas y media de MDMA con un valor en el mercado de 15 euros.
Así pues, no fueron aceptados los argumentos de los procesados. El primero de ellos —que tiene la mayor pena por reincidente— solicitó la revocación de la sentencia al entender que los indicios no son lo suficientemente acreditativos. Así, la defensa cuestionó el hecho de que el agente encargado de vigilar la escena viera realmente el contenido del maletero del vehículo, ya que el supuesto paquete podría haber sido depositado en el mismo por el otro encausado, quien también dejó en el compartimento trasero una mochila.
Sin embargo, el Tribunal recordó en su fallo que el sistema de apertura a distancia del espacio destinado a la rueda de repuesto exige la puesta en marcha del vehículo, maniobra que sí llevó a cabo el ya condenado cuando introdujo una bolsa en el maletero. Además, el agente testigo señaló que realizó maniobras necesarios para abrir ese compartimento donde finalmente se encontró el paquete. Por todo ello, los magistrados concluyeron que “hay un cúmulo de circunstancias que permiten indudablemente llegar a la conclusión alcanzada y que se encuentran perfectamente plasmadas y valoradas en la sentencia apelada”, por lo que rechazaron el recurso y confirmaron la condena.
Misma resolución con el otro de los procesados, que pidió que se reconocieran sendos atenuantes por confesión y por presentar “una patobiografía compatible con dependencia de cocaína, alcohol y speed”, al entender que ese consumo “determina la comisión del delito”. Dos supuestos rechazados por el TSXG, que concluyó que, por una parte, la confesión no influyó en la investigación policial ni en el juicio y, por otra, que no se pudo acreditar una relación entre la drogodependencia y la comisión del delito.