La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia resuelve en favor del exalcalde de Pontecesures, Luis Álvarez Angueira, y confirma su absolución del delito de agresión sexual sobre su sobrina cuando esta era menor de edad, del que había sido acusado. El tribunal desestima el recurso de apelación de la denunciante y confirma la sentencia previa.
El exmandatario cesureño fue absuelto en diciembre de 2024, pero ante el fallo de la sentencia la representación procesal de la acusación interpuso un recurso de apelación contra este fallo. Así, y tras estudiar el caso, el TSXG resolvió explicando que no será posible condenar al encausado que resultó absuelto en primera instancia, ni agravar su sentencia condenatoria impuesta, porque lo que alega la acusación es un error en la apreciación de las pruebas.
Explican también que precisamente para el agravamiento de la condena sería necesario justificar la insuficiencia o falta de racionalidad y concluyen asegurando que no es posible efectuar una nueva valoración de las pruebas.
El Tribunal justifica esta decisión ante la limitación de revocar sentencias penales, tanto a través del recurso de casación como el de apelación —como en este caso— cuando se trata de fallos absolutorios o de sentencias condenatorias en las que se pretenda una agravación de la condena.
En estos casos el tribunal debe comprobar si la justificación de instancia fue razonable, y si la prueba que valora tiene un sentido.