La negativa del Concello de Vilagarcía a ampliar el horario a cuatro locales fue "arbitraria" y "discriminatoria" según el Juzgado

La negativa del Concello de Vilagarcía a ampliar el horario a cuatro locales fue "arbitraria" y "discriminatoria" según el Juzgado
Uno de los locales afectados I MÓNICA FERREIRÓS

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra anula una resolución del Concello de Vilagarcía que desestimaba la solicitud de cuatro locales hosteleros para ampliar sus horarios durante el verano. Considera la sentencia que dicha decisión fue “arbitraria” y “discriminatoria”. El fallo estima parcialmente el recurso presentado por los hosteleros, en el sentido de que no concede a los demandantes la indemnización solicitada, que tendrán que reclamar en un procedimiento independiente.
 

Los hechos se remontan a junio de 2022, cuando el Concello de Vilagarcía desestimó las solicitudes de ampliación de horario de verano de los locales Sold Out, Neptuno, Morla y Flexi. Al mismo tiempo, la resolución de la Xunta de Goberno Local aceptaba la otras cuatro peticiones similares de bares vilagarcianos.
 

La base para esta diferencia la establecía el ejecutivo de Alberto Varela en los informes de la Policía Local, del 7 y del 15 de junio de 2022, en los que se recoge la “existencia de denuncias tramitadas en relación a incumprimentos de horarios e ruidos dos establecementos” a los que se le deniega.
 

En su demanda, los hosteleros inciden en que “en ningún momento” se les informó de las “hipotéticas denuncias” ni de “incoación de procedimientos sancionadores”. 
 

El Concello, por su parte, alegó que “la resolución está debidamente motivada, conociendo perfectamente los actores las razones por las que se denegó su petición” y justificada en los “reiterados incumplimientos de los límites horarios” y apelando a la potestad municipal para decidir sobre dicha ampliación de horarios hosteleros.

 

La indemnización, otro proceso

No niega el Contencioso “cierto grado discrecional a la potestad municipal de ampliación de horarios”, pero matiza que está condicionada por “una serie de elementos reglados y por el cumplimiento de los principios generales del derecho administrativo”.
 

En este caso, considera que la motivación dada por el Concello de Vilagarcía para rechazar las solicitudes fue “insuficiente, arbitraria y discriminatoria”, basándose en “escuetos informes de la Policía Local” en los que “sin el menor detalle, se indicaron determinadas fechas en las que, al parecer, estos locales recibieron alguna denuncia por incumplimientos de la normativa de horarios o ruidos”.
 

De hecho, el propio juzgado reclamó al Concello más información sobre dichas denuncias y fue cuando “se constató que ni siquiera se llegaron a tramitar, no dando lugar a la incoación de procedimiento sancionador alguno”. Apunta la sentencia que faltan actas “detalladas” e “individualizadas” sobre la inspección policial de cada local y que se ignora “quién las formuló”, su “verosimilitud” y, “sobre todo, si realmente el local denunciado incumplía o no en ese momento la normativa aplicable”. El Juzgado considera que se privó a los hosteleros de defenderse frente a “supuestas denuncias” que no se les notificaron, vulnerando su derecho fundamental a la presunción de inocencia. Por ello, anula el acuerdo.
 

Desestiman, sin embargo, la indemnización solicitada, al carecer de “elementos de juicio mínimo necesarios para poder determinar, con una mínima garantía de acierto, el perjuicio económico”. Eso sí, la desestimación no causa efecto de “cosa juzgada”. Los hosteleros podrán formular ante el Concello de Vilagarcía, en el plazo de un año desde la notificación de la firmeza de esta sentencia, la correspondiente reclamación de responsabilidad patrimonial. El fallo puede recurrirse ante el TSXG.

 

El Concello pide convivencia

El Concello, por su parte, señala que los hosteleros están “en su legítimo derecho de recurrir cualquier decisión” y destacan que el Juzgado “estima parcialmente su demanda”, en el sentido de que no se admite la indemnización y que, en cualquier caso, “no tiene efectos prácticos, puesto que se limite a anular el acuerdo” por los que se denegó la ampliación de horario. Desde el ejecutivo, reiteran su defensa del sector que, dicen, ya se demostró “en reiteradas ocasiones y en circunstancias bien difíciles”. Sin embargo, desde el Concello también apelan al “derecho al descanso de los vecinos en general y, particularmente, de los residentes en las zonas donde se hallan establecidos estos negocios. Los denunciantes tenían acumuladas varias quejas por incumplimiento de horarios y ordenanza de ruidos y en esos informes se basó la decisión”. El gobierno local manifiesta, a modo de conclusión, que “seguirá apostando por la conciliación de los derechos de todos: De los hosteleros, de los clientes de sus establecimientos y de los vecinos. Y de todos depende que la convivencia sea posible”

La negativa del Concello de Vilagarcía a ampliar el horario a cuatro locales fue "arbitraria" y "discriminatoria" según el Juzgado

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