Multa de 20.000 euros para el Puerto por un vertido contaminante en O Ramal

Multa de 20.000 euros para el Puerto por un vertido contaminante en O Ramal
Los hechos denunciados y ahora sentenciados tuvieron lugar entre el año 2012 y 2014 en el muelle de O Ramal y entorno | d.a.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra ha emitido una sentencia en la que condena a la Autoridade Portuaria de Vilagarcía al pago de una multa de 20.000 euros por un relleno de asfalto contaminante procedente de las obras del tren a Ferrazo en la lámina de agua del muelle de O Ramal. El hecho sentenciado se remonta a febrero de 2014 cuando agentes del Seprona se personaron en el muelle vilagarciano y constataron que en la zona había “una auténtica montaña en los terrenos de la Autoridad Portuaria formada por tierra, piedras, asfalto, tubos de plástico, maderas y hormigón”. El propio Seprona calificó esta situación de “zona de depósito indefinido de residuos y emite un acta-denuncia que coincide con otro de un inspector de la Xunta de Galicia. Fue a raíz de esta primera denuncia, según dice la sentencia, cuando la Autoridade Portuaria se encontró con el “problema de qué hacer de manera urgente con esos materiales sobrantes de las obras del ferrocarril”.

Según la citada sentencia del Juzgado Contencioso de Pontevedra lo que hizo el Puerto fue “verter al mar unos 7.200 metros cúbicos del material para consolidar el asiento de la banqueta del muelle de la dársena número 2”. Esa obra se inició, dice la sentencia, en febrero de 2014.

Ante la alarma generada el Seprona se personó de nuevo en O Ramal para constatar que “buena parte de los materiales residuales de la obra del ferrocarril se estaban transportando en un barco-draga para su vertido en el mar”. Poco después un inpsector de la Xunta de Galicia corroboró esos hechos.


La sentencia incide que, en todo caso, las declaraciones en el juicio de los agentes denunciantes del Seprona gozaron de mayor poder de convicción que las de “los testigos y peritos de la Autoridad Portuaria cuya parcialidad e interés en su resultado era más que evidente (empleados del puerto, participantes y responsables directos en las obras del relleno)”. Asimismo en el juicio el inspector de la Xunta de Galicia ratificó claramente el “carácter muy contaminante” de los elementos vertidos.


En la sentencia también se especifica que la Autoridad Portuaria “ha reconocido a lo largo del juicio que ni siquiera se redactó un proyecto técnico de la obra ni tampoco, en consecuencia, se realizó ningún trámite medioambiental ni se aprobó el proyecto por el órgano competente”. Entiende el juzgado que “sí que era necesario redactar y aprobar un proyecto técnico para poder realizar la obra y su tramitación y recabar un informe de la autoridad ambiental competente”.


Desde la Autoridade Portuaria de Vilagarcía manifestaban ayer sobre este asunto que la sentencia llegó a su poder el pasado jueves y que esta está siendo analizada y estudiada por los servicios jurídicos de la entidad. Inciden en que desde este departamento siempre han actuado de forma correcta y que recurrirán la sentencia.


En su día el vertido provocó el rechazo de partidos políticos y colectivos ecologistas.

Multa de 20.000 euros para el Puerto por un vertido contaminante en O Ramal

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