Nuevo impuesto a los envases de plástico no reutilizables

Nuevo impuesto a los envases de plástico no reutilizables
Ha sido la Ley de Residuos y Suelos Contaminados la que ha aprobado la entrada en vigor de este impuesto especial, prevista para enero de 2023 | Cedida Inter asesoría

Como trasposición de la Directiva SUP (Single Use Plastic) la UE tiene como objetivo la reducción de los residuos procedentes de los productos de plástico de un solo uso en aras de una economía circular.


Los estados miembros tenían como tarea la implantación de medidas para la consecución de este objetivo fijado por la UE en esta directiva; pero no todos los estados miembros  han aprobado las mismas medidas. En este sentido, España es el único país de la UE que ha establecido un impuesto especial que grava los envases de plástico no reutilizables (IPNR), puesto que Italia ha aplazado un año su entrada en vigor.


Ha sido la Ley de Residuos y Suelos Contaminados (aprobada en abril) la que ha aprobado la entrada en vigor este impuesto especial, prevista para el 1 de enero de 2023 y que grava “la utilización de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos, como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías”, esto es, se aplicará tanto se trate de envases como de embalaje de cualquier producto. El hecho imponible radicará en  “la fabricación, importación o la adquisición intracomunitaria de los envases no reutilizables que contengan plástico, los productos plásticos semielaborados destinados a la obtención de los envases, tales como las preformas o las láminas de termoplástico y los productos que contengan plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables.”


Como exención, cabe mencionar los envases de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario.


Este impuesto al plástico gravará con 0,45€ el kilo de plástico no reciclado y ya antes de su entrada en vigor está cargado de polémica.


Por un lado se vaticinan problemas técnicos a la hora de cumplir con esta nueva obligación tributaria, dada la dificultad que se van a encontrar las empresas españolas para la obtención de la información requerida (naturaleza, peso…) por este tributo que grava las operaciones con sus proveedores extranjeros.


Por otra parte también se presagia que supondrá un golpe para la economía empresarial, puesto que junto a un escenario inflacionista, precios de energía disparados, desventaja competitiva al ser el único país con este tributo al plástico….se suma un nuevo impuesto que afectará a la competitividad de las empresas españolas.


En este sentido, la Asociación Nacional de Industriales de Plásticos (ANAIP) así como otras entidades vinculadas al sector y otros sectores afectados han pedido que se retrase la entrada en vigor así como modificaciones en la norma para tener un margen temporal para preparar su entrada en vigor así como para facilitar su aplicación. Estos profesionales coinciden en que es necesaria la proliferación de medidas encaminadas en la reducción de plásticos, potenciando una economía sostenible pero consideran que no nos encontramos en el momento más adecuado.


Los sectores más afectados por esta medida de carácter medioambiental son, además del sector de fabricación de envases de plástico, diversos sectores de distribución y  consumo como el de alimentación, de bebidas, droguería, hostelería, conserveras, textil…puesto que todas las empresas españolas que adquieran bienes de países de la Unión Europea, o importen bienes, son contribuyentes. El impuesto aplica por la adquisición de productos que tienen envases o embalajes, estando obligadas a declarar todos los kilogramos de plástico no reutilizado.


*María Pérez


Asesora Fiscal en Inter Asesoría

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