El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra condena a un año de prisión y a dos de retirada del permiso de conducir al hombre que, en enero de 2017, atropelló mortalmente a una vecina en Carril. La sentencia lo considera autor de un delito de homicidio por imprudencia, pero suspende el ingreso en prisión a cambio de que, en el plazo de dos años no cometa ningún tipo de delito.
Los hechos tuvieron lugar hace dos años en la urbanización San Roque. El conductor, que regresaba a casa de trabajar, perdió el control del vehículo y se subió a la acera, colisionando primero contra una farola y, después, atropellando a una sexagenaria, que perdió la vida dos horas después, al no poder superar el shok traumático en la base del cráneo producido por el fuerte impacto.
La sentencia, de conformidad entre todas las partes, considera probado que fue la excesiva velocidad la causante del terrible suceso. Así, señala el fallo, el condenado “conducí a una velocidad superior a la permitida”, que es de treinta kilómetros hora en la urbanización en la que se produjo el atropello, por lo que “perdió el control del vehículo que conducía y se subió a la acera del margen derecho y circuló por ella 21 metros” hasta que “colisionó contra una farola” que “fue arrancada y desplazada de su sitio, continuando con la marcha durante otros 10,5 metros y atropellando” a la mujer, “que se encontraba caminando en ese instante por esa acera y que fue aplastada contra el muro de cierre” de una vivienda. El conductor también tendrá que pagar por los daños provocados en el mobiliario público.
Conformidad
Ante estos hechos, el Ministerio Fiscal solicitó durante el juicio la imposición de una pena de un año de prisión para el acusado y la privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 24 meses. La acusación particular, ejercida por el marido y los hijos de la víctima, se adhirió a esta petición, que cuenta también con la conformidad de la defensa, y que es la que recoge finalmente la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra. El tribunal condena en costas al conductor. Además, los familiares de la víctima se reservan el derecho a las acciones civiles.