Un expatrón y otro marinero reclaman 120.000 euros al Pósito isleño tras vencer en una larga disputa judicial

Un expatrón y otro marinero reclaman 120.000 euros al Pósito isleño tras vencer en una larga disputa judicial
Los dos demandantes y la representación de su asesoría comparecieron ayer para explicar la situación | gonzalo salgado

El expatrón de la Cofradía de A Illa Benigno Chaves y el también marinero Avelino Paz han ganado una importante batalla legal al Pósito. Ambos han logrado la firmeza de un pronunciamiento judicial que declara nula su expulsión de la entidad en 2017 y la obliga a su readmisión con carácter retroactivo.


Ganado este largo conflicto, iniciado entonces y concluido hace apenas un mes, su representación legal prepara ahora más acciones. La principal es una demanda con la que reclamarán un total aproximado de 120.000 euros a la Cofradía, como indemnización por el lucro cesante y por los daños y perjuicios que les ha supuesto su situación de expulsados durante estos años, privándolos de su trabajo e ingresos, así como de su derecho a la participación.


El origen de la controversia


El origen del conflicto hay que buscarlo en una controvertida interpretación normativa.
En 2016 se daba la situación de que varios marineros, entre ellos estos dos, trabajaban en planes de explotación de diferentes cofradías. En estos dos casos, en los pósitos de A Illa y Noia. 


La expulsión parte de una confusa interpretación entre ser socios de una cofradía y estar en un plan de explotación


Desde la asesoría Xesintec que los asiste, Katy Montesinos, que comparecía ayer junto a los demandantes, insistía en señalar que, pese a la confusión reinante durante años, los profesionales del mar en esta situación están dentro de la legalidad. La norma, interpretan, dice que son los “armadores” los que solo pueden ser “socios” de una única cofradía. Pero insisten en que la condición de asociado a un pósito es independiente de la inclusión de un marinero en un plan de explotación, regulado por un permiso específico. Sería por tanto posible figurar en dos planes de explotación de diferentes cofradías, como era el caso. Tal era así que la Cofradía de Noia acabó entendiéndolo de ese modo, modificando posteriormente sus procedimientos para incluir con claridad todas las posibilidades: Socio dentro de un plan de explotación. Y no socio dentro del plan. 


La cuestión no es baladí. Estos profesionales permanecían seis meses en actividad en un plan en una de las cofradías y seis meses en otro. Y ahí es donde entra el conflicto, porque las cofradías entendieron de entrada que, cuando estos trabajadores cambiaban de un plan a otro, debían cursar baja en un pósito y darse de alta en otro. La vuelta de tuerca definitiva fue que cada vez que querían volver a ingresar como socios en una cofradía —cada seis meses—, se les pretendió cobrar cada alta: Quinientos euros entonces, mil andado el tiempo. Dinero que algunos pagaron, pero que estos dos entendieron que no estaban obligados a abonar y que dio inicio a ese largo litigio.


En los juzgados


El conflicto se disipó en Noia en cuanto la causa se judicializó, declararon ayer los comparecientes. Pero la batalla siguió en los tribunales en el caso de A Illa. Porque al no pagar aquellas cantidades, a ambos se les abrió un expediente, que terminaría con una resolución de expulsión de la Cofradía en marzo de 2017.
Los dos marineros llevaron el caso ante la Justicia, pidiendo la nulidad de la expulsión. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vilagarcía, primero, y la Audiencia Provincial, después, dieron la razón a los dos demandantes: La expulsión era nula. Y lo era por los importantes defectos de forma que consiguieron probar a lo largo del pleito. Ayer explicaron algunos de los principales argumentos.


A Chaves y Paz se les abrió expediente, primero, por una falta leve, según los estatutos de la Cofradía isleña, por el impago de cantidades. Pero el expediente se abrió cuando la falta ya había prescrito. Se intentó entonces reformular el planteamiento, entendiendo que hubo una falta grave, por desobedecer el acuerdo de la Cofradía en el que se estipulaban estas obligaciones. Para cuando se decidió perseguir la supuesta falta grave, también esta había prescrito. Igualmente, el expediente habría excedido el plazo máximo de resolución, no se les dio opción a plantear recusación contra el instructor e, incluso, el órgano que terminó resolviendo —la junta general— no era el competente para resolver una falta grave, labor que correspondería al Cabildo. Un cúmulo de defectos que la Justicia considera suficientes para determinar nula la expulsión, sentencia que tomó firmeza el pasado marzo. 


Benigno Chaves y Avelino Paz logran la nulidad de su expulsión de la entidad y piden una indemnización


Los dos afectados creen que en su expulsión hay “algo persoal contra nós”. “Nunca se expulsara a ninguén antes”, a gente incluso que llegó a deber montantes mucho más importantes, impagos “de anos”. Se ven reforzados en su opinión porque en febrero de 2021, antes incluso de que se hiciese firme la obligación de readmitirlos, la Cofradía ya les había abierto otro expediente, con el que creen que van a expulsarlos de nuevo. El motivo sería el mismo: Supuesta incompatibilidad de figurar en los planes de explotación de Noia y A Illa. 


Así las cosas, tras conseguir su readmisión retroactiva, pelean ahora por la indemnización de 120.000 euros, en concepto del dinero que han dejado de ganar, una reclamación que podría terminar incluso sobre el patrimonio de los gestores de la Cofradía si se prueba que fueron causantes de “actos contrarios á Lei”. Van a por todas, porque plantean también un recurso contra las elecciones de la Cofradía en 2018, en las que no pudieron participar por su expulsión, reclamación a la que animan a sumarse a otros socios. Están revisando incluso todos los actos y acuerdos de la entidad durante el periodo en que fueron apartados. 

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