El Superior tumba la licencia de legalización de Sanxenxo a la gasolinera y el Burger King

El Superior tumba la licencia de legalización de Sanxenxo a la gasolinera y el Burger King

La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha tumbado las licencias de legalización concedidas por el Ayuntamiento de Sanxenxo para regularizar las instalaciones de una gasolinera y una cadena de comida rápida siutadas en la parroquia de Padriñán.


En un fallo emitido el pasado 7 de mayo, los magistrados de la sala sentencian que el establecimiento de hostelería, pertenenciente a la cadena Burger King, constituye "una construcción autónoma e indepediente" de la estación de servicio, ubicada en terreno rústico.


Los promotores del negocio habían alegado que el establecimiento de comida rápida formaba parte del conjunto, pues se encontraba bajo la marquesina, que acoge una tienda, una oficina y una cafetería.


Con todo, los jueces inciden en que la legislación gallega, recogida en la Lei do Solo de Galicia, establece que la autorización en suelo rústico de este tipo de usos constructivos está restringido a que se trate de instalaciones "vinculadas funcionalmente a la carretera y previstas en la legislación sectorial".


Por tanto, el alto tribunal gallego ve "evidente" que los negocios para los que existía esta licencia de legalización están fuera de estos condicionantes y, por lo tanto, "carecen de la vinculación exigida" para que puedan asentarse en suelo rústico.


Así, determinan que ni la estación de servicio, ni el local de comida rápida entran dentro de los permisos concedidos originalmente y, por lo tanto, la sala revoca la licencia de legalización.


Ocupación "excesiva"

En esta línea, los jueces también resaltan que tienda, cafetería y oficina del complejo de la gasolinera exceden el espacio máximo permitido, al ocupar 121 metros cuadrados por los 18 metros cuadrados destinados a los surtidores de carburante.


Los magistrados recalcan que la construcción de una gasolinare podría autorizarse en la zona en cuestión, siempre y cuando se ocupe el "mínimo espacio" dedicado a que los vehículos reposten, algo que no se da en el complejo de Padriñán.


Además, la sala también recuerda que la legislación establece que las instalaciones asentadas en suelo rústico "no pueden generar un tráfico adicional", por lo que no ven "afortunada" la justificación apuntada por los promotores del restaurante de comida rápida, que ocupa 253 metros cuadrado.


"El restaurante de una conocida cadena alimenticia no cumple dicho requisito, ya que puede atraer a más clientes que los que van a repostar combustible", apuntan los jueces, que ven "evidente" que el servicio de gasolinera "no exige el acceder a un servicio de restauración".

El Superior tumba la licencia de legalización de Sanxenxo a la gasolinera y el Burger King

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