Un juzgado ratifica la sanción a Echenique por la contratación irregular de su asistente personal

Un juzgado ratifica la sanción a Echenique por la contratación irregular de su asistente personal
GRAF2240. MADRID, 21/01/2019.- El secretario de Organización de Podemos, Pablo Echenique, en rueda de prensa esta mañana en Madrid. - EFE/Luca Piergiovanni

El Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza ha ratificado la sanción impuesta por la Seguridad Social al secretario de Organización de Podemos, Pablo Echenique, por la contratación irregular de su asistente personal.

La titular del juzgado, Itziar María Ochoa, señala que existió una relación laboral de carácter especial entre Echenique y Eduardo P.S. y confirma la sanción de más de 1.000 euros impuesta al exsecretario general de Podemos Aragón por no cumplir la ley y no dar de alta a este empleado. En su fallo, la juez estima la demanda interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social a Pablo Echenique y declara la existencia de esa relación laboral especial por cuenta ajena entre el empleador y el trabajador Eduardo P.S., a los efectos de alta y cotización en el Régimen General de la Seguridad Social, en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, en el periodo comprendido entre el 16 de marzo de 2015 y el 30 de abril de 2016.
Contra esta decisión cabe recursos de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, previo depósito de la cantidad de 300 euros en una cuenta bancaria. El número dos de Podemos recurrió a los tribunales tras la decisión de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social de multarle. La infracción se cometió en dos periodos, entre septiembre de 2011 y junio de 2012 y de marzo de 2015 hasta abril de 2016, si bien la multa corresponde a esta segunda etapa por haber prescrito el incumplimiento legal en el caso del primer periodo.

Hechos probados
En los hechos probados de la sentencia se relata que Pablo Echenique, reconocido como persona en situación de dependencia, era perceptor de una prestación económica de cuidados en el entorno familiar. Desde mayo de 2005, Echenique tenía contratada con la empresa Asistencia Domiciliaria Médico Integral SL (ADOMI SL) la prestación de un servicio de ayuda a domicilio, a razón de 11,40 euros la hora, para que esa mercantil enviara a un auxiliar a su casa, para asistirle en tareas básicas personales.


Desde el año 2007 esos servicios los realizaba Eduardo P.S., empleado de ADOMI SL. Por la prestación de estos servicios, entre noviembre de 2010 y mayo de 2011, ADOMI SL giró facturas a Echenique por importe de 376 euros al mes. 
En agosto de 2011, la empresa comunicó a Echenique que, tras cambiar de propietario, iba a prescindir de los servicios de ayuda. Echenique y su auxiliar, Eduardo P.S., mantuvieron la relación en los mismos términos existentes hasta ese momento en cuanto a las actividades del asistente, sin la intervención de la compañía.

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