Absuelven al exgerente de la residencia Valle-Inclán del supuesto delito contra la Seguridad Social

Ve acreditada la deuda pero no así el “ardid” para eludir los pagos, algo necesario para que exista el delito
Absuelven al exgerente de la residencia Valle-Inclán del supuesto delito contra la Seguridad Social
Enrique Martínez durante el juicio por los cargos de los que ahora es absuelto | Mónica Ferreirós

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra absuelve al exgerente de la residencia Valle-Inclán de Vilanova, Enrique Martínez, del supuesto delito continuado contra la Seguridad Social por el que la Fiscalía solicitaba cuatro años de prisión, más de cinco millones de euros y casi 2,4 en responsabilidad civil subsidiaria. 


El tribunal hace suyos los argumentos de la defensa de Martínez: no aprecia ardid o afán de defraudar o engañar a la Seguridad Social y tampoco constata que el exgerente se hubiera enriquecido. 


En cuanto a la sucesiva aparición de empresas vinculadas a la residencia, señalan que “la sucesión de empresas no implica necesariamente la existencia de delito”, pues es necesario “acreditar que la sucesión fue creada con el propósito de defraudar”, algo que descartaron en este caso.


Si bien resultó probada la existencia de una deuda con la Seguridad Social “en cuantía suficiente para ser constitutiva de delito, así como la existencia de una sucesión de empresas y diversas irregularidades fiscales y contables en la gestión mercantil por parte del acusado”, de la prueba practicada “no ha resultado debidamente justificada la existencia de un artificio, ardid o simulación claramente encaminado a eludir el pago de las cuotas a la Seguridad Social”, indican los magistrados.


Por ello, “se desprende un origen de la deuda no fraudulento”, señala el fallo, así como que la actuación desplegada por el acusado, “más que articular un mecanismo para defraudar, estuvo dirigida a la continuación de la explotación de la residencia de ancianos”.


Por ello, se concluye que “no ha resultado un engaño o ánimo defraudatorio en la conducta del acusado”, en una sentencia que no es todavía firme, ya que contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). 

 

 

Absuelven al exgerente de la residencia Valle-Inclán del supuesto delito contra la Seguridad Social

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